Zusammenfassung der Ressource
LEY DE INTELIGENCIA
1621 DEL 2013
- DEFINICIÓN DE LA FUNCIÓN DE
INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA.
- Es aquella que desarrollan los
organismos especializados del
Estado del orden nacional,
utilizando medios humanos o
técnicos para la recolección,
procesamiento, análisis y difusión
de información
- ORGANISMOS QUE llEVAN A CABO lA FUNCiÓN
DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELlGENCIA.
- dependencias de las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional
- Unidad de Información y
Análisis Financiero (UIAF)
- líMITES Y FINES DE lA FUNCiÓN DE
INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA.
- Limites
- limitada en su ejercicio al respeto de los derechos
humanos y al cumplimiento estricto de la
Constitución, la Ley y el Derecho Internacional
Humanitario y el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos.
- principio de reserva legal
- PRINCIPIOS DE lAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
- Principio de necesidad
- debe ser necesaria para alcanzar los
fines constitucionales deseados
- Principio de idoneidad
- debe hacer uso de medios que se adecuen al logro
de los fines definidos
- Principio de proporcionalidad
- deberá ·11 ser proporcional a los fines buscados y sus
beneficios deben exceder las restricciones impuestas
sobre otros principios y valores constitucionales
- PROHIBICiÓN DE lA VINCULACiÓN DE MENORES DE
EDAD EN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
- no podrán en ningún caso vincular a niños, niñas
y adolescentes
- PLAN NACIONAL DE INTELIGENCIA
- Este Plan será
elaborado por la Junta
de Inteligencia
Conjunta y será
proyectado para un
período de un (1) año
- AUTORIZACiÓN
- deberán ser autorizadas por orden de operaciones o misión
de trabajo emitida por los directores de los organismos, o
jefes o subjefes de unidad, sección o dependencia, según el
equivalente en cada organismo, y deberán incluir un
planeamiento.
- AUTORIZACIÓN DE LAS
OPERACIONES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
- El superior jerárquico en cada
caso será responsable de
autorizar únicamente aquellas
actividades
- MONITOREO DEL ESPECTRO
ELECTROMAGNÉTICO E INTERCEPTACIONES
DE COMUNICACIONES PRIVADAS
- comprenden actividades de monitoreo del
espectro electromagnético debidamente
incorporadas dentro de órdenes de
operaciones o misiones de trabajo.
- CENTROS DE PROTECCiÓN DE DATOS DE
INTELIGENCIA Y CONTRAINTELlGENCIA
- Cada uno de los organismos que desarrolla
actividades de inteligencia y contrainteligencia tendrá
un Centro de Protección de datos y archivos de
Inteligencia y Contrainteligencia (CPD).
- RESERVA
- Por la naturaleza de las funciones que
cumplen los organismos de inteligencia y
contrainteligencia sus documentos,
información y elementos técnicos estarán
amparados por la reserva legal por un
término máximo de treinta (30) años
contados a partir de la recolección de la
información y tendrán carácter de
información reservada.
- INOPONIBILlDAD DE lA RESERVA.
- no será oponible a las autoridades judiciales,
disciplinarias y fiscales que lo soliciten
- VALOR PROBATORIO DE lOS INFORMES DE INTELIGENCIA
- En ningún caso los informes de inteligencia y
contrainteligencia tendrán valor probatorio
dentro de procesos judiciales y disciplinarios
- PROTECCiÓN DE lOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE
REALIZAN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA
- PROTECCiÓN DE lA IDENTIDAD
- PROTECCiÓN DE lOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE
DESARROllAN ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA Y
CONTRAINTELlGENCIA y SU NÚCLEO FAMILIAR.
- DEBERES DE COLABORACiÓN DE lAS
ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS
- COLABORACiÓN DE lAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS
- COLABORACiÓN CON AUTORIDADES DE POLIcíA JUDICIAL
- COLABORACiÓN CON OPERADORES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.