Erstellt von montsesantelices
vor etwa 9 Jahre
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Frage | Antworten |
Actuaciones judiciales | Son actuaciones judiciales realizadas por el tribunal o ante él por las partes o ciertos terceros, de los cuales debe dejarse testimonio en el expediente, debidamente autorizados por el secretario Son todas las resoluciones, diligencias o |
Exhortos | Son comunicaciones escritas por las cuales un tribunal que está conociendo de un asunto encarga a otro la realización de determinadas actuaciones judiciales que deben practicarse dentro del territorio de éste último. |
Notificaciones | Son aquellos AJP que tienen por objeto poner en conocimiento de las partes de un proceso o de terceros de una determinada resolución judicial u otra actuación precisa. |
Resoluciones judiciales | Actos jurídicos procesales emanados del tribunal, por medio de los cuales éste da curso progresivo a los autos y resuelve tanto el asunto controvertido en el proceso como las cuestiones accesorias que se promueven durante la tramitación. |
Decretos, providencias o proveidos | Son aquellas sentencias que tienen por objeto dar curso progresivo a los autos, sin decidir ni prejuzgar ninguna cuestión debatida entre las partes (art 70.3 COT) Art 158 CPC : aquellas resoluciones que , sin fallar sobre incidentes o trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tienen por objeto solo determinar o arreglar la sustanciación del proceso |
Autos | Resoluciones que resuelven un incidente sin establecer derechos permanentes en favor de las partes, ni resuelven trámites que deban servir de base en el pronunciamiento de una sentencia interlocutoria o definitiva |
Incidentes | Es toda cuestión (discusión entre partes) accesoria de un juicio que requiere de un pronunciamiento especial del tribunal, con audiencia de las partes. (ej se discute si la lista de testigos fue presentada dentro de plazo o no) |
Derechos permanentes | Aquellas facultades procesales que habilitan a las partes para continuar su tramitación hasta el final en forma válida // no son permanentes cuando pueden ser modificados durante el proceso en virtud de nuevos antecedentes (ej. Alimentos provisorios, medidas precautorias…) |
Sentencia interlocutoria | Son aquellas resoluciones que resuelven un incidente, estableciendo derechos permanentes en favor de las partes o que fallan sobre un trámite que sirve de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria |
Desasimiento | Es aquel efecto conforme al cual, notificada una sentencia interlocutoria a alguna de las partes , el tribunal que la dictó no podrá modificarla o alterarla en forma alguna conforme al 182 CPC |
Sentencia definitiva | Aquella que pone fin a la instancia resolviendo la cuestión o asunto controvertido que ha sido objeto del juicio. |
Acción de cosa juzgada | Es la facultad de hacer cumplir, incluso coercitivamente la pretensión consolidada en la sentencia. |
Facultad de imperio | Es la facultad de los tribunales para llevar a cabo la acción de cosa juzgada. Pueden disponer el cumplimiento de las resoluciones judiciales incluso con el auxilio de la fuerza pública |
La cosa juzgada | Efecto de las sentencias definitivas e interlocutorias , firmes o ejecutoriadas, que las hace inmutables y coercibles (eventualmente) |
Resolución judicial inmutable | No se puede con posterioridad iniciar ningún otro proceso destinado a desconocer lo que se ha resuelto anteriormente en otro que se encuentra afirmado. |
Resolución judicial inimpugnable | Aquella respecto de la cual han precluido todos los recursos destinados a obtener modificación de ella en el proceso en el cuál se dictó. |
Incidente | Toda cuestión accesoria al juicio que requiere de un especial pronunciamiento del tribunal |
Nulidad Procesal | Sanción de ineficacia respecto de los AJP por el incumplimiento de alguno de los requisitos que la ley prescribe para su validez |
Acumulación de autos | Incidente especial que tiene por objeto obtener que el tribunal ordene la agrupación material de dos o más procesos pendientes entre los cuales existe una relación de continencia o conexión para que ellas se tramiten y se fallen conjuntamente evitándose la existencia de sentencias contradictorias |
Declaratoria de competencia | Reclamación que se propone ante el tribunal a quién se cree incompetente para conocer de un negocio que le está sometido, indicándole cuál es el que se estima competente y pidiéndole que se abstenga de dicho conocimiento. |
Inhibitoria de competencia | Reclamación que se intenta ante el tribunal que se crea competente, pero que no está conociendo del asunto, pidiéndole que se dirija al que esté conociendo de él y le remita los autos acompañando a la solicitud los documentos que acrediten los fundamentos de su petición o solicitando que se reciban los testimonios correspondientes |
Privilegio de pobreza | Beneficio que se concede por la ley o por la autoridad judicial a ciertas personas, concediéndoles el derecho a litigar representadas gratuitamente por los abogados encargados de defender a quienes carecen de recursos para proveerse a sí mismos de ella, como así mismo a ser servidos gratuitamente por funcionarios auxiliares de la administración de justicia. |
Desistimiento de la demanda | AJP unilateral del demandante, que puede efectuarse luego de la notificación de la demanda y en cualquier estado del juicio, en virtud del cual manifiesta al tribunal su voluntad de renunciar a pretensión deducida en la demanda y no continuar con la tramitación del procedimiento, para los efectos de que el tribunal la acoja mediante la dictación de una resolución, previa tramitación del respectivo incidente Su efecto principal es la pérdida o extinción de la pretensión del actor. |
Abandono del procedimiento | Incidente especial en virtud del cual se declara por el tribunal como sanción el término del procedimiento, a petición del demandado, por haber permanecido inactivas todas las partes por el termino previsto por el legislador , contado desde la fecha de la última resolución recaída en una gestión útil, sin que se produzca la extinción de las pretensiones o excepciones hechas valer en el |
Plazos | Desde el punto de vista procesal son espacios de tiempo fijados por la ley, el tribunal o las partes para ejercitar una determinada facultad procesal o realizar un AJP serían hechos jurídicos procesales |
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