procesos y procedimientos que emplean estos grupos ancestrales para administrar justicia
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
los mestizos y que nos sometemos al derecho positivo y la justicia común
el Convenio 169 de la OIT (Organización
Internacional del Trabajo) en su Artículo
Constitución de la República del Ecuador, cuando en su artículo 171
LA JURISDICCIÓN
La Competencia
Las sanciones
Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales
límite a la facultad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado jurisdiccionales
límite a la facultad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado jurisdiccionales
Competencia en cuanto al territorio
ejercerán funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial
El factor territorial
Competencia en cuanto a las personas que
deben ser juzgadas
El factor subjetivo
Competencia en cuanto a la materia.
no tiene un nivel elevado de
comprensión
tiene un nivel elevado de comprensión
Respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros.
SANCIONES JUSTICA
COMÚN ES, EN MATERIA PENAL.
Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en su Artículo 8,
Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias
garantías mínimas
El derecho a la vida
Derecho al debido proceso
Derecho a la no tortura, esclavitud ni tratos crueles
Derecho a la no agresión física y psicológica
Decisiones de la jurisdicción indígena respetadas por las instituciones y autoridades públicas
Constitución en el inciso 2 del artículo 171
El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas
artículo 344 del Código Orgánico de la Función Judicial
Lo actuado por las autoridades de la justicia indígena no podrá ser juzgado ni revisado por los jueces y juezas de la Función Judicial ni por autoridad administrativa alguna, en ningún estado de las causas puestas a su conocimiento
Ejm. María O. que fue detenida en la Plaza de Ponchos sentenciada a baño de purificación con agua fría y ortiga, dos azotes con un látigo y la prohibición de ingresar por seis meses
ejemplo: las multas; suspensiones de derechos comunitarios; indemnizaciones por los daños y perjuicios: devolución de los objetos; el baño de agua, ortiga y el fuerte; trabajos comunales; y, excepcionalmente la expulsión de la comunidad