CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL ORAL ACUSATORIO LEY 906 DE 2004
Principio de publicidad. Todo acto procesal debe ser publico, exepto cuando se ponga en riesgo la vida de la persona, seguridad nacional o menores.
PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA ACUSATORIO
Principio de Contradicción. implica la audiencia transversarial del sistema.
Principio de Inmediación. El organo judicial debe estar presente en todas las audiencias.
Principio de Continuidad. Las audiencias seran de forma continua, sucesiva y secuencial.
INTERVINIENTES DEL SISTEMA ACUSATORIO
FISCAL GENERAL DE LA NACION
SOLICITA PRECLUSION
APLICA PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
FORMULA ACUSACION
DEFENSOR. Representa los intereses del
ACUSADO
VICTIMA
JUEZ DE GARANTIA
JUEZ DE CONOCIMIENTO
MINISTERIO PUBLICO
Actúa en la etapa de investigación Imparte legalidad procedimientos en audiencias preliminares, proteccìon de los derechos fundamentales del imputado, victima y testigos.
Actúa en la etapa de juzgamiento, dicta sentencias condenatorias
Actúa en defensa de los derechos y garantías fundamentales, podrá intervenir en todas las etapas de la actuación.
ETAPAS DEL PROCESO PENAL
INDAGACION
INVESTIGACION
JUZGAMIENTO
NOTICIA CRIMINAL
DENUNCIA
QUERELLA
PETICION ESPECIAL O DE OFICIO
Corresponde a la Fiscalía General de la Nación realizar la indagación e investigación de los hechos que revistan características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, querella, petición especial o por cualquier otro medio idóneo.
Donde la fiscalía una vez recolectado todo el material probatorio realiza por primera vez la audiencia de formulación de imputación al indiciado el cual pasa de indiciado a imputado, se realiza ante juez de control de garantías.
Audiencia de Formulación de Acusación: Audiencia oral en la cual el fiscal realiza ante el juez de conocimiento un recuento de los hechos por los cuales el acusado será llevado a juicio, el procesado pasa de imputado a acusado.
Policía judicial recolecta Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física.
Se realizan audiencias preliminares tales como:
Audiencia de control de registro y allanamiento.
Audiencia expedición orden de captura
Audiencia control posterior de interceptación de comunicaciones.
Audiencia Preparatoria: Audiencia realizada ante juez de conocimiento en la cual se realiza el descubrimiento de las pruebas que van hacer parte del juicio y se hacen estipulaciones de pruebas .
Audiencia de Juicio Oral: Audiencia publica oral en la que la fiscalía expone su teoría del caso, asi como sus alegatos finales, participa la defensa, la victima y el ministerio publico y finalmente el juez emite sentido del fallo.
Audiencia de Reparación Integral: Después de realizado el sentido del fallo en el que se declara la responsabilidad del acusado, el fiscal, la victima o el ministerio publico puede solicitar que se abra incidente de reparación integral.
Audiencia individualización de la pena: Dentro de los 15 días después del juicio oral, se llevara a cavo audiencia en la que el juez, valorando las condiciones particulares del responsable, individualice la pena e incorpore lo decidido en el incidente de reparación integral.
Subintendente. LUIS CARLOS REGINO CORDERO
Cedula No. 10778331