Naciones Unidas lo define como "derechos inherentes a todos los seres humanos
sin distinción alguna de nacionalidad, sexo, religión, color o cualquier otra condición.
Se garantizan a través de leyes
o tratados internacionales
Declaración Universal de Derechos Humanos
1948 París
El Derecho Internacional vela por el
respeto de los países de los mismos
Conferencia Mundial de Derechos Humanos
de 1993
son
UNIVERSALES E INALIENABLES
Los Estados tienen el deber, independientemente de sus
sistemas políticos, económicos o culturales de promoverlos y
protegerlos y no se pueden suprimir.
Por lo tanto, son derechos pero también obligaciones pues los
Estados deben abstenerse en intervenir en su disfrute o limitarlos.
INTERDEPENDIENTES E INDIVISIBLES
El avance de uno facilita el avance de los demás
y su privación también afecta a los demás
IGUALES Y NO DISCRIMINATORIOS
Independientes de la raza, sexo o
cualquier otra condición.
Art. 1 de la Declaración Mundial de Derechos Humanos "Todos los
seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos"