DECRETO 301/2002, de 17 de diciembre, de Agencia de viajes
TITULO I
CAPITULO I
ARTICULO I:
AGENCIAS DE VIAJES EN ANDALUCIA
AGENCIAS DE VIAJES CON SEDE EN ANDALUCIA
AGENCIAS DE VIAJES CON SEDE FUERA DE ANDALUCIA PERO DESARROLLAN SU ASCTIVIDAD EN ANDALUCIA
ARTICULO III
DERECHOS
DERECHO A UTILIZAR LAS
LOCUCIONES AGENCIAS DE
VIAJES CON FINES
PUBLICITARIOS, DISTINTIVOS O
IDENTIFICATIVOS
ARTICULO IV
OBLIGACIONES
EXHIBIR EL DISTINTIVO
PRESTAR SERCICIO SIN DISCRIMINAR
ABSTENERSE A PRESTAR SERVICIOS CLANDESTINOS
TENER HOJA DE RECLAMACION O QUEJA
REMITIR LOS DATOS PARA ESTADISTICAS O LA BASE DE DATOS
COMUNICAR LOS NOMBRES COMERCIALES CON LOS QUE OPERA LA AGENCIA
COMUNICAR LA CESE DE ACTIVIDADES
COMUICAR LA FIANZA
INFORMAR DE LOS PRECIOS FINALES CON LOS
IMPUESTOS , CARGAS Y GRAVAMENES
OBSERVAR LAS OBLIGACIONES LEGALES ESTABLECIDAS
CAPITULO II
ARTICULO V
SERVICIOS TURISTICOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION
ARTICULO VI
INFORMACION ESPECIFICA
DE LA EMPRESA TITULAR
DE CARACTER COMERCIAL
DE LOS SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION
DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARACTER PERSONAL
ARTICULO VII
PUBLICIDAD ELECTRONICA DE LAS
EMPRESAS DE MEDIACION TURISTICAS
TITULO II
CAPITULO I
ARTICULO VIII DEROGADO
ARTICULO IX
CLASIFICACION DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
AGENCIAS DE VIAJES MAYORISTAS
AGENCIAS DE VIAJES MINORISTAS
AGENCIAS DE VIAJES MAYORISTAS-MINORISTAS
CAPITULO II
ARTICULO X DEROGADO
ARTICULO XI
GARANTIA DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
LAS AGENCIAS DE VIAJES ESTAN OBLIGADAS A CONSTITUIR
UNA GARANTIA QUE CUBRA SU EVENTUAL DECLERACION DE
RESPONSABILIDAD
LA GARANTIA ESTARA A DISPOSICION DE LA
DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION
TURISTICA
LA GARANTIA PODRA PRESTARSE DE
FORMA INDIVIDUAL O COLECTIVA
DEBE CONSTITUIRSE EN LAS CAJAS DE
DEPOSITOS DE LAS DELEGACIONES
EFECTIVO
AVAL PRESTADO POR ENTIDAD DE CREDITO O
SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA
SEGURO DE CAUCION CONTRATADO CON COMPAÑIA ASEGURADORA
AUTORIZADA PARA OPERAR EN EL RAMO
TITULOS DE EMISION PUBLICA
LA GARANTIA INDIVIAL DEBERA CUBRIR LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA AGENCIA
ARTICULO XII
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
la paliza cubre 3 responsabilidades
la responsabilidad civil de la explotación del negocio
la responsabilidad civil indirecta o subsidiaria
la responsabilidad por daños patrimoniales primarios
la paliza tiene que cubrir mínimo 900.000, 300.000 por cada bloque
ARTICULO XIII
NOMBRE COMERCIAL
CAPITULO III
ARTICULOS XIV, XV, XVI, XVII
ARTICULO XVIII
CESACION DE EFECTOS DE LA INSCRIPCION
CAPITULO IV: ESTABLECIMIENTOS Y PUNTOS
DE VENTA
ARTICULO XIX: REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA
LA APERTURA Y CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS
PUNTOS DE VENTAS
CAPITULO V: DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
HABILITADAS POR OTRAS ADMINISTRACIONES
ARTICULO XXI: DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
HABILITADAS POR OTRAS COMUNIDADES
AUTONOMAS O POR ESTADOS MIEMBROS DE LA
UNION EUROPEA
ESTAS AGENCIAS DE VIAJES PODRAN
ESTABLECER LIBREMENTE SURCUSALES EN
ANDALUCIA
ARTICULO XXII: DEROGADO
CAPITULO VI: DEL EJERCICIO DE LA
ACTIVIDAD DE AGENCIA DE VIAJES
ARTICULO XXIII: VIAJES COMBINADOS
VIAJE COMBINADO ES LA COMBINACION DE DOS DE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS: EL
TRANSPORTE, EL ALOJAMIENTO Y SERVICIOS TURISTICOS, QUE SOBREPASE 24H O
INCLUYA UNA NOCHE DE ESTANCIA
ARTICULO XXIV: INFORMACION TURISTICA
LOS VIAJES COLECTIVOS INCLUYAN VISITAS A LOS MUSEOS O DE LOS
BIENES DEL CATALOGO DEL PATRIMONIO HISTORICO ANDALUZ, EL
SERVICIO DE INFORMACION ESTA RESERVADO A LOS GUIAS DE TURISMO
DE ANDALUCIA
ARTICULO XXV: MENCIONES MINIMAS EN LA DOCUMENTACION Y
PUBLICIDAD DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
CAPITULO VII
ARTICULO XXVI: DEROGADO
ARTICULO XXVII: PROTECCION E IDENTIFICACION DE LA ACTIVIDAD
LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS, INSTITUCIONES, ORGANISMOS Y ENTIDADES
TANTO PUBLICAS COMO PRIVADAS
TODA CLASE DE PUBLICIDAD, LA FORMALIZACION DE LAS RESERVAS Y LA EJECUCION
ESTA EXCLUIDAS LAS ACTIVIDADES CUANDO SEAN REALIZADAS
POR ENTIDADES PÚBLICAS O POR ASOCIACIANES PRIVADAS