Ilícitos Aduanales en México

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Normatividad Aduanera en México
Rebeca  Peregrina
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Rebeca  Peregrina
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Ilícitos Aduanales en México
  1. violaciones e incumplimientos a las disposiciones relativas al derecho aduanero
    1. Por su naturaleza, pueden ser:
      1. De carácter Administrativo
        1. Infracciones
          1. con sanciones de carácter económico
            1. Leves
              1. constituyen transgresiones a las formalidades establecidas en la ley Aduanera o en el Código Fiscal de la Federación
                1. LAS RELACIONADAS CON EL DESTINO DE LAS MERCANCÍAS.
                  1. tres grandes grupos
                    1. 1.- Las que afectan algún beneficio concedido como franquicia, exención de impuestos, o exención en el cumplimiento de alguna regulación o restricción no arancelaria.
                      1. 2.- Las que afectan el régimen aduanero a que fueron sometidas las mercancías
                        1. 3.- Importen temporalmente vehículos sin ser turistas, visitantes, visitantes locales y distinguidos, estudiantes.
                      2. LAS RELACIONADAS CON LAS OBLIGACIONES DE PRESENTAR DOCUMENTACIÓN Y DECLARACIONES
                        1. LAS RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD ADUANERA
                          1. Infracción de circulación indebida dentro del recinto fiscal
                            1. Infracciones relacionadas con el control, seguridad y manejo de las mercancías de comercio exterior
                              1. Infracción relacionada con la clave confidencial de identidad
                                1. Infracciones relacionadas con el uso indebido de gafetes de identificación utilizados en los recintos fiscales
                                  1. Infracciones relacionadas con la seguridad o integridad de las instalaciones aduaneras
                              2. Graves
                                1. son infracciones formales que no requieren para perfeccionarse que la conducta cause un daño, sino que constituya una amenaza o peligro para la normal percepción de los tributos aduaneros
                                  1. Su castigo consiste en sanción administrativa y privación de la libertad, rebasando siempre el ámbito de la autoridad aduanera por la denuncia, declaratoria de perjuicio o querella, que se formula para que se solicite ante la autoridad judicial el ejercicio de la acción penal
                                  2. Son las que con pleno conocimiento, transgreden ordenamientos legales con el propósito de causarle un perjuicio pecuniario al fisco o eludir las restricciones o prohibiciones impuestas por las autoridades a las mercancías del comercio exterior, con el fin de proteger la economía nacional y a la sociedad.
                                    1. LAS RELACIONADAS CON LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS.
                                2. Elementos para que se integre una infracción:
                                  1. Que se encuentre establecida en la ley.
                                    1. Que exista la conducta que constituya el incumplimiento de la misma
                                      1. Que exista sanción prevista en la ley
                                        1. Que exista la competencia de la autoridad para determinar la infracción y sancionarla
                                        2. Sujetos responsables
                                          1. Autoridad
                                            1. competentes para sancionar
                                              1. Administración General de Aduanas, la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, la Administración General Jurídica de Ingresos y la Administración General de Recaudación, la autoridad que interviene depende de la infracción de que se trate.
                                            2. Sujetos posibles infractores
                                              1. propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales, o cualquier persona que tenga intervención con la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de mercancías o en los hechos o actos relacionados con la entrada al territorio nacional y salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen
                                        3. De caráter penal
                                          1. Delitos
                                            1. son sancionados con penas privativas de libertad
                                              1. es toda conducta que se hace contraviniendo una disposición de la ley para sustraer mercancías de la intervención aduanera.
                                          2. Comete Delito Aduanero la persona que cometa Contrabando, Defraudación aduanera, Usurpación de funciones aduaneras, Sustracción de prenda aduanera, Falsificación de documentos aduaneros, Asociación delictiva aduanera, Falsedad aduanera, Cohecho activo y pasivo en la actividad aduanera, y Tráfico de influencias en la actividad aduanera.
                                            1. A nivel internacional uno de los delitos más frecuentes es el contrabando de mercancías además que es de los más antiguos.
                                            2. Se le considera contrabando en el ámbito aduanal quienes introduzcan o extraigan del país mercancías sin pagar parcial o totalmente sus obligaciones fiscales tal como impuestos, cuotas compensatorias o contribuciones, cuando introduzcan o extraigan alguna mercancía prohibida.
                                              1. Contrabando Abierto
                                                1. Consiste en el ingreso o salida de mercancías al territorio aduanero nacional sin ser presentadas o declaradas ante la autoridad aduanera por lugares habilitados (puertos y aeropuertos) y lugares no habilitados (Playas, trochas, pasos de frontera, aeropuertos, puertos, depósitos)
                                                2. Contrabando Técnico
                                                  1. Consiste en el ingreso o salida de mercancías al territorio aduanero nacional con presentación y declaración, pero que por una serie de maniobras fraudulentas para este propósito se acude a la presentación de documentos falsos o a la ausencia de autorizaciones o documentos requeridos para los trámites aduaneros
                                                3. La piratería es la reproducción, copia y distribución de obras protegidas por el derecho de autor.
                                                  1. Falsificación: consiste en la duplicación, distribución y/o venta ilegales de material con propiedad registrada, imitando el producto protegido por derechos de autor. En el caso del software en paquete, es habitual encontrar copias falsificadas de los discos compactos que incluyen programas de software y embalaje, manuales, acuerdos de licencia, etiquetas, tarjetas de registro y funciones de seguridad
                                                    1. Piratería en internet: Se produce cuando se descarga software de Internet. Para las compras de software en línea se aplican las mismas normas de compra que para el software en formato de disco compacto.
                                                      1. Pirateria de usuario final: Se produce cuando un individuo reproduce copias de software sin autorización.
                                                        1. Uso Excesivo Del Servidor Cliente: Este tipo de piratería se produce cuando demasiados usuarios de una red usan al mismo tiempo una copia central de un programa.
                                                          1. Carga Del Disco Duro: Se produce cuando una empresa vende equipos nuevos con copias de software ilegales en los discos duros para hacer más atractiva la compra de los equipos
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