LEY 80 DE 1993/LEY 1150 DE 2007-DECRETO 006 DE 2008
PARTE PROCESAL
Es el procedimiento a seguir en cuanto al protocolo contractual
PARTE SUSTANCIAL
Son los formalismos que se debe tener al momento de realizar la contratación
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO ESTATAL
Bilateral
Hace referencia a que una parte es una
entidad del estado y otra parte es un
particular, y tienen el deber de cumplir
con obligaciones recíprocas
Oneroso
Refiere a que hay una
contraprestación en dinero
Solemne
Refiere a que el contrato debe
cumplir con unos requisitos
legales
Objeto lícito - Causa lícita
Refiere que esas actividades deben
estar dentro de la ley, y que los precios
y valores deben ser justos
MODALIDADES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Licitación Pública
Selección Abreviada
Concurso de méritos
Contratación Directa
Mínima Cuantía
¿QUIÉNES SON SUJETOS
CONTRACTUALES?
Entidad Estatal - Contratante
Con un capital igual o superior al 50 %
perteneciente al estado
Pueden ser:
Con personería Jurídica
Son descentralizados y son entes territoriales
Pueden ser:
Nación
Departamentos
Municipios
Distritos
Sin personería Jurídica
Fiscalía
Procuraduría
Ministerios
Congreso
Superintendencias
Entidades del Estado que no están obligadas a
aplicar ley 80/1993
Algunas son:
Banco de la República
Banco Agrario
Empresas sociales del Estado
Universidades Públicas
Particular - Contratista
Con capital igual o superior al 50%
perteneciente a los particulares
Coca-cola
Canal RCN
Claro
Las personas que contratan
con el estado pueden ser:
Naturales o
Jurídicas
Natural: Por
ejemplo, un
médico
Jurídica: Por
ejemplo, una firma
de ingenieros
Uniones
temporales
Responden
solidariamente
por el
cumplimiento
de la oferta y del
objeto
contratado
Consorcios
Responden
por todas y
cada una de
las
obligaciones
derivadas del
contrato
Se contrata para cumplir los fines
del estado (art. 3 ley 80/93)
CAPACIDAD PARA
CONTRATAR (art. 6 ley 80/93)
Personas consideradas legalmente
capaces pueden contratar con el estado
DELEGACIÓN PARA
CONTRATAR (art. 12 ley 80/93)
Se hace a través de acto administrativo
Se configura la desconcentración de las
actividades por motivo de
representación, en donde se crean dos
figuras jurídicas, son:
Delegante
Persona que contrata
Delegatario
Persona en quien recae la
responsabilidad
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA
CONTRATACIÓN ESTATAL
¿Cuáles
son?
Transparencia (art.
24 ley 80/93)
Busca la moralidad, escogencia, contratista,
igualdad y se garantiza que las actuaciones
sean públicas
Economía (art.
25 ley 80/93)
Asegurar la eficiencia de la administración en la actividad
contractual y, se pretende alcanzar los mas grandes resultados
con utilización del menor tiempo posible y la menor cantidad
de recursos.
Responsabilidad
(art. 26 ley 80/93)
Debe existir responsabilidad de los servidores
públicos y contratistas, por las acciones u
omisiones que se presenten en la contratación.
En la contratación debe existir
Buena Fe
Igualdad
Relación del contrato estatal
con otras ramas del Derecho
Derecho Administrativo
La contratación estatal
hace parte de la función
administrativa
Derecho Civil
Muchos de los vacíos de la
acción administrativa se
llenan con el Código Civil
Derecho Penal
Por la indebida
celebración de
contratos
Derecho Comercial
Muchas
actividades que
tiene el estado
son comerciales