Un nuevo procedimiento judicial para la investigación y juicio penal, caracterizado por la inmediatez y
la oralidad, regulado que la Constitución (Acto Legislativo No. 3 de 2002) y la ley (906 de 2004). Es un
proceso para la protección de derechos de la víctima y de la sociedad, Las audiencias pueden ser
presenciadas por el público y las actuaciones de los jueces, fiscales y defensores son orales, lo cual
redunda en mayor agilidad, transparencia y solemnidad de la actuación judicial y las audiencias
preliminares están dirigidas a autorizar actividades como el registro y allanamiento de bienes,
consecución de elementos probatorios o evidencias, interceptación de comunicaciones, intervenciones
corporales y capturas, entre otras.
¿CUÁLES SON SUS
CARACTERÍSTICAS?
Oralidad Gratuidad, Legalidad,
Diferenciación estricta de los
responsables de la investigación, el
control de garantías y el
juzgamiento, Publicidad,
Inmediación y celeridad,
Contradicción y controversia
probatoria en el juicio,
Concentración, Igualdad de
oportunidades: esquema
adversarial, Juez garante de los
derechos, Principio de oportunidad
QUIÉNES INTERVIENEN
FISCALI: Investiga, Imputa, Acusa,
Responsable de cadena de custodia
DEFENSORIA: Defensor público o Defensor de
Confianza (Privado)
QUÉ HACE EL MINISTERIO PÚBLICO
L os procuradores judiciales pueden intervenir en las actuaciones
adelantadas por los jueces, la fiscalía y la policía judicial a efectos de
defender el ordenamiento jurídico, el patrimonio público y las
garantías y derechos fundamentales.
QUÉ HACE EL DEFENSOR
diseña su programa de defensa dirigido
a controvertir las pruebas que presenta
el fiscal, interroga y contrainterroga a los
testigos y desarrolla los alegatos. El
defensor, en términos generales, vigila y
exige el cumplimiento de los derechos
del procesado.
QUÉ HACE EL JUEZ
En el juicio, cuida que en las
audiencias se respeten los
derechos n el juicio, de las
partes e intervinientes y de
las víctimas.
Interviene en la investigación para
verificar la constitucionalidad
investigación y legalidad de los
actos que desarrolla la Fiscalía, y
el respeto a los derechos de los
vinculados
QUÉ QUIERE DECIR QUE EL JUEZ ES IMPARCIAL
El Sistema Acusatorio es adversarial, es decir,
existen dos partes en debate, las adversarial
cuales buscarán demostrar unos hechos y
circunstancias al juez –quien está ajeno a los
mismos– a través de las pruebas y de la
construcción de sus pruebas alegatos.
El juez ante quien se practiquen las pruebas debe ser el
mismo juez que adopte la decisión. Esto se denomina
el principio de inmediación.
El juez garantiza que las partes
tengan igualdad de oportunidades.
El juez es el director y máxima autoridad del
proceso y señala las reglas y l director y
máxima autoridad del proceso y señala las
reglas y derroteros de racionalidad del debate
ROL DEL JUEZ EN LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROCESO
El juez de control de garantías no hace un juicio sobre la
responsabilidad del juicio sobre la responsabilidad imputado sino
que controla que las actuaciones se adecuen a la normatividad y,
sobre todo, respeten los derechos fundamentales del implicado
AUDIENCIAS PREVIAS AL JUICIO ORAL
Formulación de acusación:
El juez dirige y controla
que las partes cumplan
con las obligaciones que
les corresponden en esta
etapa, especialmente el
descubrimiento de la
prueba y que el escrito de
acusación que presenta el
fiscal sea adecuado a los
requerimientos.
Preparatoria: define las
reglas y condiciones que
se tendrán en cuenta en
el debate del juicio, se
señala qué pruebas se
llevarán a juicio y si hay
acuerdos sobre algunos
hechos (estipulaciones).
JUICIO ORAL Y SENTENCIA
allí se efectúa el debate entre las partes, pública y
oralmente. Es decir, se practican las pruebas y se
adelantan los alegatos (argumentaciones).
El juez es el director y suprema autoridad de la audiencia
Señala las reglas del debate, las controla y tiene poderes sancionadores. Define el método del debate.
El juez está atento a la actividad de las partes y analiza sobre ella
Controla no sólo la actividad de las partes sino del público, la prensa y los intervinientes
Evita la mala fe o manipulación del juicio por las partes
Si hay solicitud de incidente de reparación cuida que a la víctima se le repare integralmente
Declara la responsabilidad o no del acusado, define la procedencia de la pena y la dosifica