ORGANIZACIÓN, GESTIÓN, INSPECCIÓN Y DIRECCIÓN del personal en
aspectos técnicos-procesales asegurando la coordinación con los órganos
de gobierno del Poder Judicial y con las CCAA que hayan recibido los
traspasos de medios personales al servicio de la Adm de Justicia
Deberá ordenar la actividad del personal e
impartir ordenes e instrucciones que estimen
pertinentes en el ejercicio de esta función
El LAJ deberá hacer CUMPLIR en el ámbito organizativo y funcional que el es
propio las ÓRDENES Y CIRCULARES que reciba de sus superiores jerárquicos
Tanto en el ámbito de las UPAD como en el de los SCP; deberá atenerse al
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN del procedimiento. Este será elaborado por el
Secretario COORDINADOR Provincial y aprobado por el Secretario de GOBIERNO