MODIFICACION, SUSPENSION Y
EXTINSION DEL CONTRATO DE
TRABAJO
MOVILIDAD FUNCIONAL
CAMBIO DE LA FUNCION DEL
TRABAJADOR A UNA DISTINTA A LA
QUE HABITUALMENTE ESTA
ACOSTUMBRADO
CAUSAS JUSTIFICATORIAS
SI EXISTEN RAZONES TÉCNICAS U
ORGANIZATIVAS QUE LO
JUSTIFIQUEN.
CONDICIONES QUE SE
DEBEN SABER.
JORNADA DE TRABAJO
HORARIO Y
DISTRIBUCIÓN DEL
TIEMPO DE TRABAJO.
REGIMEN A TRABAJO A TURNOS
SISTEMA DE REMUNERACIÓN Y CUANTÍA
SALARIAL.
SISTEMA DE TRABAJO Y RENDIMIENTO
FUNCIONES A REALIZAR.
TIPOS
VERTICAL O EXTRAORDINARIA
ASCENDENTE
DESCENDENTE
HORIZONTAL U ORDINARIA
MOVILIDAD GEOGRAFICA
MODIFICACION
DEL ESPACIO DE
TRABAJO DE
MANERA
TEMPORAL O
DEFINITIVA AL
TRABAJADOR.
CAUSAS JUSTIFICATIVAS
ECONOMICAS
TÉCNICAS
ORGANIZATIVAS
PRODUCTIVAS.
TIPOS
COLECTIVO
INDIVIDUAL
OPCIONES DEL
TRABAJADOR
ACEPTAR EL
TRANSLADO
DERECHO A
INDEMNIZACION
SI NO ACEPTA.
MODIFICACIÓN SUSTANCIAL
MATERIAS MODIFICABLES.
JORNADA DE TRABAJO
HORARIO Y DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO DE
TRABAJO
REGIMEN DE TRABAJO A TURNOS
SISTEMA DE REMUNERACION
SISTEMA TRABAJO Y RENDIMIENTO
FUNCIONES QUE REALIZA
CAUSAS
ECONOMICAS
TECNICAS
ORGANIZATIVAS
PRODUCCIÓN.
TIPO
COLECTIVA
LOS REPRESENTANTE
DELAGES DE LOS
TRABAJADORES
TIENEN QUE SABER
LOS POR QUES.
INDIVIDUAL
LA DECISION
LA TOMA EL
EMPRESARIO
OPCIONES
DEL
TRABAJADOR
ACEPTAR Y SEGUIR
TRABAJANDO CON
LOS CAMBIOS
REALIZADOS
NO ESTAR
DE
ACUERDO Y
TOMAR
MEDIDAS.
RESCINDIR CONTRATO.
indemnización de 20
dias por año hasta 9
mensualidades.
SOLICITAR LA
RESOLUCION JUDICIAL
DEL CONTRATO. podrá
pedir indemnización
por despido
improcedente.
IMPUGNAR
JUDICIALMENTE LA
MODIFICACION
SUSTANCIAL. si algun
proceso no se hace
correctamente, (plazo de
aviso, falsa acusacion) el
empleado podra pedir
que la impugnen y siga con
su contrato normal.
suspension
INTERRUPCIÓN
TEMPORAL DE LA
PRESENTACION LABORAL
SIN QUE POR ELLO SE
EXTINGA EL CONTRATO
REALIZADO CON LA
EMPRESA ( no trabajo= no
remuneracion)
TIPOS
POR MUTUO ACUERDO ENTRE LAS
PARTES
POR CAUSAS CONSIGNADAS VÁLIDAMENTE
EN EL CONTRATO DE TRABAJO
POR INCAPACIDAD TEMPORAL DEL
TRABAJADOR
POR INCAPACIDAD PERMANENTE DEL TRABAJADOR
POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO
POR MATERNIDAD, ADOPCIÓN Y
ACOGIMIENTO
POR EL EJERCICIO DE CARGO PUBLICO REPRESENTATIVO
PRIVACIDAD DE LA LIBERTAD DEL TRABAJADOR
MIENTRAS NO EXIJA SENTENCIA CONDENATORIA.
POR RAZONES
DISCIPLINARIAS
POR FUERZA MAYOR CON CARÁCTER
TEMPORAL
POR CAUSAS ECONÓMICAS,TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O
PRODUCCION
POR EL EJERCICIO DE
HUELGA
CIERRE LEGAL DE LAEMPRESA
POR EXCEDENCIA
EL TRABAJADOR PIDE LA
SUSPENSION SIN DERECHO A
REMUNERACION NINGUNA.
VOLUNTARIA
FORZADA
NO TENDRÁ DERECHO A RECIBIR SALARIO,AMENOS QUE EL CIERRE SEA
ILEGAL , DE ESA MANERA SE REINCORPORARA EN LA APERTURA DE LA
EMPRESA.
NO TENDRÁ DERECHO A
REMUNERACIÓN
MIENTRASSE REALICE LA
HUELGA, PUEDE VOLVER A SU
PUESTO DE TRABAJO CUANDO
SE DESEE
SE HARÁ SI DE ESA MANERA SE AYUDA A SUPERAR LA
CRISIS DE LAEMPRESA, REDUCCIÓN DE JORNADA , NO
TIENE DERECHO A SALARIO NI INDEMNIZACION ,
PUEDE ACCEDER A LAS PRESTACIONES POR
DESEMPLEO.
ES AQUEL MOMENTOEN EL QUE ALGUNO
DE LAS PARTES NO PUEDE CUMPLIR EL
CONTRATO FOR FUERZAS MAYORES (
GUERRAS, INNUNDACIONES , ETC) NPO
TIENE DERECHO A SALARIO NI
INDEMNIZACION, EN CAMBIO PUEDE
ACCEDER A LAS PRESTACIONES POR
DESEMPLEO.
TIENE QUE ESTAR EL CONVENIO COLECTIVO DE ACUERDO Y NO TIENE DERECHO A
REMUNERACIÓN, DE IGUAL MANERA EL EMPRESARIO NO PUEDE SANCIONAR, CON TRABAJO NO
REMUNERADO NI MULTA NI SIMILARES.
SI ES CONDENATORIA PUEDE EXTINGUIR EL CONTRATO, NO TIENE
DERECHO A RENUMERACION, SI ES ABSUELTO VOLVERA A SU PUESTO DE
TRABAJO.
LA DURACION DEPENDERÁ DE
LAS CARACTERÍSTICAS DE
ESTAS FUNCIONES.
16 SEMANAS , Y DOS MAS SIO ES
PARTO MULTIPLE. AL IGUAL QUE 6
SEMANAS ANTES DEL NACIMIENTO ,
REMUNERACION DEL 100%
AMBIENTE PELIGROSO PARA LA MUJER
SIN OPCION A CAMBIO DE PUESTO.
DERECHO A RECIBIR UNA
REMUNERACION DEL 75% A CARGO DE LA
SEGURIDAD SOCIAL.
EL EMPRESEARIO PUEDE EXTINGUIR EL
CONTRATO A MENOS QUE HAYA
ESPERANZAS DE MEJORA, EN ESE CASO LA
BAJA DURARA COMO MÁXIMO 2 AÑOS, LA
REMUNERACIÓN EN ESTE PERIODO
DEPENDERÁ DEL GRADO DE
INCAPACIDAD.
SU REINCORPORACIÓN SE HARÁ CUANDO SEA DADO DE
ALTA, LA REMUNERACIÓN SERA UNA PRESTACIÓN
ECONOMICA,( a cargo del empresario de 4-15 dias, desde el
dia 16 a cargo de la seguridad social) EN CASO DE
ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL,(del 16-20)
asciende al 60% en la BCCC al partir del dia 21 asciende al
75%. POR ACCIDENTE LABORAL apartir del dia siguente de la
baja, sera un 75% de la base reguladora.
SI EXISTEN RETRIBUCION NO
SERA SALARIAL, LA
INCORPORACION SE HARA EN
EL MOMENTO Y CON LAS
CONDICIONES ESPECIFICADAS
EN EL CONTRATO.
DETERMINAN ENTRE
AMBAS PARTES LA
DURACIÓN Y SI EXISTIRA
UNA RETRIBUCION NO
SALARIAL.
EXTINCION
EMPRESARIO
MUERTE,
INCAPACIDAD O
JUBILACION DE
ESTE
POR EXTINCIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA
EMPRESA