ARRENDAMIENTO DE
COSAS(CODIGO CIVIL
ENTRE ART 1974-2027
ARRENDAMIENTO DE
OBRA(CODIGO CIVIL
2053-2062
ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS(CODIGO
CIVIL ART:2063-2069 2070-2078
COMERCIAL
UN CONJUNTO DE BIENES ORGANIZADOS
POR EL EMPRESARIO PARA REALIZAR LOS
FINES DE LA EMPRESA DESTINADO AL
DESARROLLO DE UNA O DIVERSAS
ACTIVIDADES COMERCIALES
CODIGO COMERCIO ART:518.519.521.522.523
Es aquel por lo cual una de la
partes contratantes(el
arrendador) se obliga el conceder
el gozar a la otra (el arrendatario)
de una cosa mueble e inmueble,
por determinado tiempo y
mediante el pago de un precio
que la ultima se obliga a pagar a la
primera
Se trata de un contrato, es un
contrato traslativo del goce de
una cosa o inmueble
El contrato se hace con base en un precio determinado
RENOVACION, PRORROGA DEL CONTRATO DE ARRIENDAMIENTO
LA RENOVACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
ESTA CONTEMPLADA EN EL ARTICULO 518 DEL CODIGO DE
COMERCIO. LA PRORROGA ESTA CONTEMPLADA POR EL
ARTICULO 520 DEL CODIGO DE COMERCIO
LA RENOVACION DEL CONTRATO SIGNIFICA LA
FIRMA DE UNO NUEVO CON NUEVAS
CONDICIONES
LA PRORROGA
SIGNIFICA LA
CONTINUACION DEL
CONTRATO CON LAS
MISMA CONDICIONES