Prefacio de los Pronunciamientos Internacionales de control de Calidad, Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados

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MAPA MENTAL PREFACIO NIAS
JORGE ESTUARDO AVILA RIVAS
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JORGE ESTUARDO AVILA RIVAS
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Prefacio de los Pronunciamientos Internacionales de control de Calidad, Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados
  1. OBJETIVO DEL PREFACIO
    1. PRONUNCIAMIENTOS OBLIGATORIOS DEL IAASB
      1. Regulan los encargos de auditoría los encargos de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados que se realizan de conformidad con las Normas Internacionales.
        1. Estos no anulan las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la auditoria de los estados financieros históricos o los encargos de aseguramiento sobre otra información en un país determinado las cuales deben respetarse de conformidad con las normas nacionales de dicho país.
          1. En caso de que las disposiciones legales y relgamentarias diferan de las Normas del IAASB o esten en conflicto con estas respecto de un tema particular, los encargos realizados de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias locales no respetarán automaticamente las Normas del IAASB.
            1. Un Profesional de la contabilidad no habrá cumplido con las Normas del IAASB, a menos que haya cumplido por completo con todas las normas pertinentes al encargo.
          2. EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES EMITIDAS POR EL CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Y ASEGURAMIENTO
            1. Las Normas Inernacionales de Auditoria (NIA)
              1. se aplican a las auditorías de información financiera histórica
                1. Redactadas en el contexto de una auditoría de estados financieros realizada por un auditor independiente
                  1. NIA 200 Ambito de aplicación
                2. Las Normas de Encargos de Revisión (NIER)
                  1. se aplican a la revisión de información financiera histórica
                    1. Las Normas Internacionales de Encargos de aseguramiento (NIEA)
                      1. se aplican a los encargos de aseguramiento excepto las auditorías y revisiones de información financiera historica.
                        1. Normas Internacionales de Servicios Relacionados (NISR)
                          1. se aplican a los encargos de compilación, los encargos para aplicar procedimientos acordados y otros encargos de servicios relacionas, según especifica el IAASB
                            1. Las Normas Internacionales de Control de Calidad (NICC)
                              1. se aplican a todos los servicios sujetos a las Normas sobre Encargos del IASSB.
                                1. Se redactan para su aplicación a firmas en todos los servicios sujetos a las Normas sobre Encargos IAASB.
                                  1. Ambito de aplicación de las NICC se define en la introducción a las NICC
                      2. Otras Normas Internacionales
                        1. Algunas Normas Inernacionales contienen objetivos, requerimientos, guias de aplicacion y anotaciones explicativas, material introductorio y definiciones y deben de interpretarse de forma analoga a la forma que se explica en el contexto de las NIA y las auditrías de estados financiceros en la NIA 200
                          1. Otras normas Internacionales incluyen los principios básicos y los procedimientos esenciales señalados en negrita y con la palabra "debe" y deben entenderse y aplicarse en el contexto de las anotaciones explicativas y de otra índole que brindan una orientación para su aplicación
                            1. Los principios básicos y los procedimientos esenciales de una Norma se aplican a todos los casos en los que sean relevantes en las circunstancias del encargo
                              1. Un profesional de la contabilidad puede considerar necesario no cumplir con un procedimiento esencial relevante para poder cumplir con el objetivo de dicho procedimiento, documentando dicho los procedimientos alternativos realizados que cumplieron con el objetivo del procedimiento, así como los motivos del incumplimiento.
                                1. Los Anexos, que forman parte de la guía de aplicación, son parte integral de una Norma.
                          2. Juicio Profesional
                            1. La naturaleza de las Normas Internacionales requiere que el profesional de la contabilidad ejerza el juicio profesional al aplicarlas
                              1. Aplicabilidad de las Normas Internacionales
                                1. El alcance, la fecha de entrada en vigor y cualquier limitación específica a la aplicabilidad de una Norma Internacional específica se detallan en la Norma
                                  1. Salvo disposición en contrario en la Norma Internacional
                                    1. El profesional de la contabilidad puede aplicar una Norma Internacional antes de su fecha de entrada en vigor
                                    2. Las Normas Internacionales son aplicables a los encargos del sector publico
                                      1. Cuando corresponde, se incluyen consideraciones adicionales específicas para entidades del sector público
                                        1. a) En el cuerpo de una Norma Internacional para el caso de NIA Y NICC
                                          1. b) En una Perspectiva para el sector Público (PSP) que aparezca al término de otras Normas Internacionales
                                    3. Material no Obligatorio
                                      1. El material no obligatorio incluye Notas Prácticas emitidas por el IAASB Y Publicaciones de los servicios técnicos.
                                        1. El material no obligatorio no forma parte de las Normas Internacionales IAASB.
                                        2. Notas Internacionales de Prácticas de Auditoria
                                          1. Las NIPA no imponen requerimientos adicionales a los auditores más alla de aquellos incluidos en las NIA, ni modifican la responsabilidad del auditor de complir con todas las NIA relevante para la auditoría
                                            1. Según la naturaleza del tema o temas cubiertos, una NIPA puede ayudar al auditor a:
                                              1. Obtener conocimiento de las circunstancias de la entidad y hacer juicios acerca de la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material
                                                1. Hacer juicios acerca de cómo responder ante los riesgos valorados, lo que incluye juicios acerca de los procedimientos que pueden ser apropiados según circunstancias
                                                  1. Abordar consideraciones de emisión de informes, incluso la formación de la opinión sobre los estados financieros y comunicarse con los responsables del gobierno de la entidad
                                            2. Notas Prácticas Relacionadas con Oras Normas Internacionales
                                              1. El IAASB también puede emitir Notas Internacionales de Prácticas de Encargos de Revisión (NIPER)
                                                1. Notas Internacionales de Prácticas de Encargos de Aseguramiento (NIPEA)
                                                  1. Notas internacionales de Prácticas de Servicios Relacionados (NISPSR)
                                                    1. Con el mismo propósito las NIER, las NIEA y las NISR, respectivamente
                                                2. Publicaciones de los servicios Técnicos del IAASB
                                    4. Para facilitar el conocimiento del alcance y la autoridad de los pronunciamientos que emite el Consejo de Normas Internaciconales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) Según se establece en los Términos de Referencia del IAASB.
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                                    Laura Laguna
                                    R.D. 796/2005, De 1 de julio, Regimen disciplinario (Esquema 1)
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