El presente decreto tiene por objeto
reglamentar el régimen de registro sanitario
para productos fitoterapéuticos, incorporar
nuevos referentes internacionales y
simplificar el procedimiento para su
renovación y modificación, y señalar los
requisitos para su expendio.
campo de
aplicación
Las disposiciones contenidas en el presente decreto
aplican a: Personas naturales y jurídicas que
desarrollen actividades de producción, importación,
comercialización, almacenamiento, distribución y
expendio de productos fitoterapéuticos. A las
autoridades sanitarias que ejercen funciones de
inspección, vigilancia y control.
resolución 00126
de 2009
objetivo
tiene por objeto establecer las condiciones esenciales
que se deben cumplir para la apertura y
funcionamiento de las tiendas naturistas los productos
que en dichos establecimientos se pueden vender así
como las disposiciones para su vigilancia y control
sanitario.
campo de aplicación
La presente resolución se aplicará a las tiendas
naturistas que a partir de la fecha de su entrada en
vigencia, inicien actividades y a las que con
anterioridad a la fecha de expedición de la misma, se
encuentren en funcionamiento.
Identificar diferencias entre un producto fitoterapéutico y un
medicamento
producto fitoterapéutico
Los fitoterapéuticos son productos medicinales empacados y etiquetados, cuyas
sustancias activas provienen de plantas medicinales o asociaciones de estas o de
extractos, tinturas o aceites, presentado en estado bruto o en forma farmacéutica que
se utiliza con fines terapéuticos. En su formulación, no pueden contener principios
activos aislados y químicamente definidos.
medicamento
Los medicamentos homeopáticos son preparados
farmacéuticos obtenido por técnicas homeopáticas, conforme
a las reglas descritas en las farmacopeas oficiales aceptadas en
el país, con el objeto de prevenir, aliviar, curar, tratar y/o
rehabilitar una condición médica.
En qué se diferencian los registros
sanitarios de los productos Fitoterapéuticos
de los registros sanitarios de un alimento y o
de un cosmético
productos Fitoterapéuticos
es necesario que obtenga ante el Invima el registro sanitario en cualquiera de sus categorías
tanto para preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales (PFM) como para
productos fitoterapéuticos tradicionales (PFT), conforme el procedimiento tendiente a
verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-legales establecidos en la normatividad
sanitaria vigente disponible en este sitio, al igual que los formatos de solicitud, el listado de
plantas medicinales con fines terapéuticos y establecimientos con certificación de
cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura autorizados para su fabricación y
acondicionamiento.
En Colombia todo alimento que se expenda directamente al
consumidor deberá obtener, de acuerdo con el riesgo en salud
pública, la correspondiente autorización de comercialización:
Un producto cosmético es toda sustancia o formulación de aplicación local a
ser usada en las diversas partes superficiales del cuerpo humano: epidermis,
sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos o en los
dientes y las mucosas bucales, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, modificar
su aspecto y protegerlos o mantenerlos en buen estado y prevenir o corregir
los olores corporales.
Es el permiso que se le asigna a un fabricante, importador o comercializador para que
comercialice su producto en el mercado colombiano, previo cumplimiento de todos los
requisitos establecidos en la normatividad sanitaria vigente. Para el caso de los
cosméticos, esta autorización corresponde a la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO).
Ejemplo
CREMA HUMECTANTE HIDRATANTE BIOVITAL LANTIK
REGISTRO SANITARIO:C-003114-R1
Cuál es la diferencia entre un producto fitoterapéutico de uso tradicional, y
una preparación farmacéutica con base en plantas medicinales. ¿En qué se
diferencian sus registros INVIMA?
producto fitoterapéutico de uso tradicional
Es aquel producto fitoterapéutico de fabricación nacional elaborado a partir de
material de planta medicinal o asociaciones entre sí cultivadas en nuestro país en
las formas farmacéuticas aceptadas cuya eficacia y seguridad, aun sin haber
realizado estudios clínicos, se deduce de la experiencia por su uso registrado a lo
largo del tiempo y en razón de su inocuidad está destinado para el alivio de
manifestaciones sintomáticas de una enfermedad.
una preparación farmacéutica con base en plantas
medicinales
Es el producto fitoterapéutico elaborado a partir de material de la planta medicinal, o preparados de
la misma, a la cual se le ha comprobado actividad terapéutica y seguridad farmacológica y que está
incluido en las normas farmacológicas colombianas vigentes. Su administración se realiza para
indicaciones o uso terapéutico definido y se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico,
tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad.
¿Cuáles son las condiciones esenciales para obtener el registro sanitario INVIMA tanto para los PFT, como
para las PFM?
Las preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales -PFM deben cumplir con lo
dispuesto en el presente decreto y con las siguientes condiciones especiales:
Estar incluidos en el listado de plantas medicinales aceptadas con fines
terapéuticos de la categoría de preparaciones farmacéuticas con base en plantas
medicinales;
No presentarse en formas farmacéuticas inyectables;
No presentarse en formas farmacéuticas en las que se requiera esterilidad, salvo las preparaciones
oftálmicas; y, No combinarse el material de la planta medicinal con sustancias activas aisladas y
químicamente definidas.
Los productos fitoterapéuticos de uso tradicional -PFT deben cumplir con lo
dispuesto en el presente decreto y con las siguientes condiciones especiales
Presentarse en tisanas o en las formas farmacéuticas aceptadas exceptuando las formas
farmacéuticas estériles inyectables y oftálmicas.
Las plantas medicinales utilizadas para' la elaboración de estos productos deben estar incluidas en el listado
de plantas medicinales para productos fitoterapéuticos de uso tradicional
Su uso tradicional no se relaciona con la identificación de uno o más principios activos, sino con la definición
cualitativa de sustancias activas y marcadores. Estas' preparaciones no cuentan con estandarización de
metabolitos relacionados con el efecto terapéutico
No contener en su formulación plantas con metabolitos o principios activos clasificados como estupefacientes,
psicotrópico o sustancia controlada definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. 20.5 No combinar
el material de la planta medicinal con sustancias activas aisladas y químicamente definidas
Los componentes activos provenientes de material de la planta medicinal que ha
sido procesado y obtenido en forma pura, no será clasificado como producto
fttoterapéutico tradicional.
¿Qué información no debe contener la etiqueta ni el empaque de un
producto Fitoterapéutico?
Información explicita sobre el uso
Dibujos, o figuras alusivas a su acción terapeutica
Información con fines engañosos
Según la resolución 000126, ¿cuál es el
procedimiento que debe ser aplicado para el
reporte de un reporte de un incidente adverso
Reporte de incidentes adversos. Cuando el personal responsable del
establecimiento tenga información del usuario de la presentación de un
incidente adverso ocurrido durante la administración, uso o consumo de los
productos fitoterapéuticos de venta libre, suplementos dietarios,
medicamentos homeopáticos, de venta libre u otro producto asociado con una
utilidad terapéutica que haya sido vendido en su establecimiento, comunicará
en forma escrita a la autoridad sanitaria competente que le autorizó la
apertura y funcionamiento reportando lo siguiente:
a) Información general del producto: Nombre del producto,
número de lote, laboratorio fabricante, nombre y dirección del
distribuidor, fecha de vencimiento del producto y registro
sanitario.
b) Información del incidente: Anotar las situaciones
com unicadas por el usuario sobre el evento presentado,
si el usuario requirió de asistencia m édica en nombre
del centro o institución de salud donde fue atendido y la
dirección.
La autoridad sanitaria comunicará dicha información al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos –Invima– quien la verificará y realizará el estudio pertinente y clasificará el incidente presentado.
¿Qué entidad tiene la responsabilidad de realizar el control y
vigilancia a las tiendas naturistas?
les corresponde a la secretaria departamentales, distritales y
municipales de categoría especial 1°, 2° Y 3° ejercer la
vigilancia y control para el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente resolución e informar al Invima oportunamente
acerca de las anomalías que se presenten
Revisar en los informes del Invima si algún producto Fitoterapéuticos en el país ha
presentado alguna notificación de alerta, y si fue resuelta o no. (resumir en qué
consistió el reporte)
uno de los productos fitoterapéuticos presentados en la
paguína de INVIMA como es alerta sanitaria es el Ungüento
herbal, Aceite artesanal, Dulces sueños y relajación profunda,
marca muiscannabis, este es un producto fraudulento
presentado por INVIMA como un producto fraudulento que no
cuenta con un registro sanitario vigente, no ofrece garantías de
calidad, seguridad y eficacia, ya que se desconoce su contenido
real.
Según lo aprendido, ¿su planta puede presentar un producto
fitoterapéutico tradicional o una preparación farmacéutica con base
en plantas medicinales? Argumente su respuesta.
la planta con la cual estoy trabajando en el
desarrollo de esta actividad es la Llantén,
con la información que obtuve puedo
decir que esta planta tiene un producto
fitoterapeutico tradicional, ya que hay
productos que esta fabricados a partir de
esta planta
En caso positivo, consultar en la página del Invima , un producto
fitoterapéutico derivado de la planta medicinal e identifique si la
información de la etiqueta cumple con lo dispuesto en el decreto 1156.
El producto consultado fue LOCION DE LLANTEN NATURCOL donde su registro sanitario es
NSC2001CO3744, La cual cumple con la información correcta de la etiqueta según lo dispuesto en
el decreto 1156