1. Presentación de la iniciativa ante la
Cámara de Diputados, de Senadores o la
Comisión Permanente, por parte de los
facultados constitucionalmente para ello:
Presidente de la República; diputados y
senadores al Congreso de la Unión;
legislaturas de los estados; y Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, ésta
última en materias relativas al D. F.
2. Turno de la iniciativa dictado por el
Presidente de la Mesa Directiva a
Comisiones para su análisis y dictamen.
3.Presentación al Pleno de la Cámara
correspondiente del dictamen con proyecto
de ley o decreto sobre la iniciativa por parte
de las Comisiones correspondientes.
4.Discusión del dictamen con proyecto de ley o
decreto por parte del Pleno de la Cámara.
5.Votación del proyecto de ley o decreto. Si el proyecto de ley o decreto
es aprobado por el Pleno, se envía: a) Al Ejecutivo para su publicación en
el Diario Oficial de la Federación, si se trata de un decreto en materias de
exclusiva competencia de la Cámara de Diputado o de Senadores. b)A la
otra Cámara, en la que se turnará a Comisiones la minuta con el proyecto
respectivo para su dictamen, discusión y eventual aprobación.
6. El proceso legislativo concluye cuando un proyecto de ley o
decreto se publica en el Diario Oficial de la Federación y pasa
a ser parte de la legislación vigente.
II. Términos Legislativos
Pleno
Es la reunión en Asamblea de los miembros de la Cámara de
Diputados o del Senado de la República, en su totalidad o en el
número mínimo establecido para la integración del quórum (más
de la mitad de sus integrantes), a fin de que puedan sesionar,
conocer y decidir sobre los asuntos de su competencia.
Iniciativa
Documento formal que propone reformar, adicionar o derogar disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o de una ley ordinaria;
o bien crear o abrogar algún ordenamiento jurídico, y que en ejercicio del
derecho conferido en el artículo 71 constitucional, puede presentar el Presidente
de la República, los diputados y senadores al Congreso General y las legislaturas
de los estados, y de conformidad con el inciso ñ) de la fracción V de la Base
Primera del Apartado A del artículo 122 constitucional, puede presentar la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal en materias relativas al D. F
Las iniciativas deben dirigirse a los secretarios de la Mesa Directiva del órgano en el que
se presentan (Cámara de Diputados, Cámara de Senadores o Comisión Permanente), y
contienen generalmente: título; fundamento jurídico; exposición de motivos; texto del
proyecto de ley o decreto que se propone; y nombre y firma del promovente.
Las iniciativas pueden presentarse en las Cámaras del Congreso durante los periodos de sesiones o
en la Comisión Permanente durante los recesos.
Comisión
Son órganos especializados constituidos por el Pleno que por medio de la
elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a
que las Cámaras del Poder Legislativo cumplan con sus atribuciones
constitucionales y legales. Se integran por diputados o senadores de los diversos
grupos parlamentarios, buscando que en su seno se refleje lo más fielmente
posible la composición política del Pleno (criterio de proporcionalidad) y toman
sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros.
Tipos de comisiones:
1) Ordinarias. Son permanentes; se conservan de una legislatura a
otra; cumplen funciones de dictamen legislativo, de información y
de control evaluatorio en su ramo; su competencia se corresponde
en lo general con la otorgada a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal; se constituyen durante el primer
mes de ejercicio de la legislatura; y se integran hasta por 30
miembros en la Cámara de Diputados, con base en el criterio de
proporcionalidad.
2) Especiales. Se constituyen por determinación del Pleno y se encargan de
asuntos específicos. Cuando se crean se establece su objeto, el número de
integrantes que las conformarán y el plazo para realizar las actividades que se
les encomienden. En el caso de la Cámara de Diputados, cumplido el objeto para
el que fueron creadas o, en su defecto, al final de la legislatura, se extinguen
mediante un informe que la Secretaría General dirige a la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la que emite la
declaración correspondiente.
3)De investigación. Se constituyen con carácter transitorio por acuerdo del Pleno y a
pedido de una cuarta parte de los miembros de la Cámara de Diputados o de la mitad si
se trata de la de Senadores, para investigar el funcionamiento de organismos
descentralizados federales o de empresas de participación estatal mayoritaria. Su alcance
se limita a hacer del conocimiento del Ejecutivo federal los resultados de sus
investigaciones
Dictamen
Documento que emite una Comisión o
Comisiones y que propone una resolución o
decisión sobre una o varias iniciativas o
proposiciones. Para que exista, se requiere que
esté firmado por la mayoría de los miembros
de la Comisión, que contenga una parte
expositiva de las razones en que se funda y que
concluya con proposiciones claras y sencillas
que puedan ser sometidas a votación (el
proyecto de ley, decreto o punto de acuerdo en
sí). El dictamen se presenta al Pleno de la
Cámara, el que lo discutirá y aprobará o
rechazará la determinación propuesta por las
Comisiones.
Minuta
Documento que contiene el texto exacto del proyecto de
ley o decreto aprobado en definitiva, bien por una
Cámara y que se remite a la otra para los efectos
correspondientes, o bien por las Cámaras del Congreso y
que se remite al Ejecutivo para su promulgación.
Votación
Es la forma en que los legisladores expresan su decisión
personal sobre determinados asuntos, desde si un tema
está suficientemente discutido hasta la aprobación o
rechazo de un dictamen.
Proposición con punto de acuerdo
Son propuestas que los legisladores ponen a
consideración del Pleno que no constituyen
iniciativas de ley, sino pronunciamientos sobre
asuntos políticos, culturales, económicos o sociales
que afectan a una comunidad o grupo particular,
para formular algún pronunciamiento, exhorto o
recomendación.