Art. 2.116 CC: El mandato es un
contrato en que una persona confía
la gestión de uno o más negocios a
otra, que se ha ce cargo de ellos por
cuenta y riesgo de la primera
Características: 1.- Ctto. Principal 2.- Ctto.
Intuito Personae.- 3.- Ctto. De Confianza
4.- Generalmente Consensual 5.- Ctto
Oneroso 6.- Generalmente Unilateral 7.-
Representación elemento de la
Naturaleza 8- Versa sobre Actos Jurídicos
Requisitos: 1.- Requisitos generales
2.- En cuanto a Objeto 3.- En cuanto
Capacidad
Capacidad del mandante:
Reglas generales Plena
Capacidad
Capacidad del Mandatario:
Puede ser Incapaz
relativo=Menor Adulto
Clasificaciones:
1.-Según el tipo de encargo:
Mandato General - Especial-
Por libre Administración
2.- Según la naturaleza de
los servicios: Civil- Mercantil-
judicial
Obligaciones: 1.-
Cumplir el Encargo 2.-
Rendir Cuenta 3.-
Responder por
perjuicios
Formas de extinción:
Art. 2163 Cc: 1.- Desempeño del
negocio 2.-Expiración del plazo o
condición 3.-Revocación del
mante 4.- muerte del mandante
o mandatario 5.- quiebra o
insolvencia de uno u otro
6.-Interdicción del uno u otro
7.-Cesación de las funciones del
mandante