Los centros de formación deben
atender solicitudes. Deben ir por
escrito. El centro toma 10 días hábiles
para respuesta.
Artículo 16
Registro académico: Procedimiento
que protocoliza acciones académicas y
disciplinarias.
Artículo 17
Certificación: procedimiento para
reconocer formalmente los resultados
de aprendizaje.
El instructor responsable de: registrar
información académica del aprendiz. El
coordinador académico: controla regisro y
consolidad información de evaluación y
certificación.
Artículo 18
Certificados y constancias académicas. NO
tienen costo. Se expiden por el centro de
formación.
Artículo 19
Expedición de
duplicados. Se
solicitan en ell
centro de
formación o por
medios
electrónicos y
tienen un costo.
Artículo 20
Legalización de
documentos
académicos SENA
para apostille.
Verificación de
validez y
autenticidad si se
requiere presentar
en otros paises.
Artículo 21
Trámites
Aplazamiento
Reingreso
Traslado
Retiro voluntario
Capítulo
VII
Proceso de Formación, Incumplimiento y Deserción
Artículo 22
1. Incumplimiento justificado
2. Incumplimiento injustificado
3. Revisión de resultados de evaluación
4. Deserción
La cancelación de
matrícula implica
sanción de 6 meses
para procesos de
ingreso a
formación titulada.
Capítulo
VIII
Faltas Académicas y Disciplinarias
Artículo 23:
Faltas que
afectan el
proceso de
aprendizaje y
convivencia
Artículo 24.
Clasificación de
faltas
Faltas académicas
Faltas disciplinarias
Artículo 25.
Clasificación
de Faltas
Graves
Leves
Gravísimas
Artículo 26.
Criterios
para calificar
la falta
Daños Causados y efectos
Grado de participación
Antecedentes del aprendiz
Rendimiento del
aprendiz en formación
Confesión de las faltas
Procurar por iniciativa propia, resarcir el daño
Haber devuelto,
restituido o reparado
el bien afectado
Parámetros de calificación
señalados en el reglamento
Conductas que son delito
tipificado en código penal
colombiano se denuncian
por el servidor público que
tenga conocimiento de la
falta ante las autoridades
competentes.
Capítulo
IX
Medidas Formativas y Sanciones
Artículo 27.
Medidas
formativas
Llamado de
atención verbal
Plan de
mejoramiento
académico
Plan de
mejoramiento
disciplinario
Artículo 28. Sanciones
Llamado de atención escrito
Condicionamiento de matrícula
Cancelación de matrícula
Artículo 29. Principios
rectores para la
aplicación de sanciones
Publicidad
Contradicción
Presunción de inocencia
Valoración integral de
pruebas y descargos
Motivación de la decisión
Proporcionalidad
Impugnación
Oportunidad
Capítulo
X
Procedimiento para la aplicación de Sanciones
Artículo 30.
Se presenta informe de la falta con
pruebas y documentos relacionados con el
caso. Puede presentarla un servidor
público, contratista, aprendiz o cualquier
persona que tenga conocimiento de la
falta.
Si el denunciante es anónimo se le da tramite a la
queja si son comprobadas las pruebas y/o veracidad de
los hechos.
Artículo 31.
Todo centro tiene un
Comité de Evaluación y
Seguimiento.
Artículo 32.
El comité se reune 1 vez
o más cada mes según se
requiera.
Artículo 33.
Comunicación al aprendiz
Dentro de 3
dás hábiles se
le da respuesta
por parte del
coordinador