Según el Art.11 de la Ley General de Contratación con el estado ¿Quiénes están impedidos de contratar con el estado y por cuánto tiempo?
Answer
Presidente, vicepresidente, Jueces de la corte superior de justicia PERSONA JURÍDICA que tenga como accionista a los ya nombrados
TIEMPO: Durante toda su función y posterior a ello NO PODRÁN CONTRATAR
Vicepresidente, presidente, Jueces de la corte superior de Justicia, Titulares y miembros de los Órganos constitucionales autónomos/ PERSONA JURÍDICA que tenga como accionista a los ya nombrados
TIEMPO: Durante toda su función y 12 meses después de dejar el cargo
Vicepresidente, presidente, Jueces de la corte superior de Justicia, Titulares y miembros de los Órganos constitucionales autónomos/ PERSONA JURÍDICA que no tenga como accionista a los ya nombrados, Abogados sancionados por mala praxis
TIEMPO: Durante toda su función y 12 meses después de dejar el cargo
Question 2
Question
¿Pueden los deudores alimentarios contratar con el estado, según el Art.11 de la LCE?
Answer
No pueden, por aparecer en el REDERECI, pero podrían si se ponen al corriente de sus deudas adjuntando la documentación que lo acredite
Pueden hacerlo, sin impedimento pues dicha condición no involucra problema al momento de contratar