Establece los criterios, los términos y condiciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio de los servicios de Educación Básica y Media Superior.
LA PRESENTE LEY ES REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 3° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, RIGE EL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE Y ES EL MARCO NORMATIVO APLICABLE A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
Cuando nos integramos a la vida laboral independientemente de la Institución o Empresa donde nos desempeñemos es importante conocer nuestros Derechos y Obligaciones que rigen el marco normativo al desempeñar una función determinada y no incurrir en faltas administrativas.
Los que nos dedicamos a la labor educativa no quedamos exentos. Es importante conocer los fundamentos legales que rigen en este caso el cargo que desempeño que es el de Directivo; cual debe ser mi perfil para desempeñar mi función con calidad y liderazgo,, estar capacitada para dirigir a una comunidad educativa y tratar de resolver los problemas que se presenten de la forma más conveniente para todos; así como el de conocer los parámetros e indicadores con los que seré evaluada para posteriormente recibir capacitación dependiendo de mis áreas de oportunidad.