Tiene 3 criterios para determinar el ordenamiento aplicable
Tiene 3 concepciones
La estricta
La intermedia
La conforma el estado civil y la capacidad
Gracias a la concepción del ser humano de manera aislada
Añade las relaciones de familia
Gracias a la concepción de la persona junto con su familia
La amplia
Añade lo concerniente a la sucesión mortis causa
Basado en la visión de la persona como miembro de una sociedad, es la más aplicada, y es la que utiliza el texto
El domicilio
La nacionalidad
La residencia habitual
Primer criterio dominante, acompasado con el poco desarrollo de un derecho internacional privado
Criterio dominante en el siglo XIX, utilizado por los convenios desarrollados en las conferencias de La Haya.
Criterio utilizado desde mediados del siglo XX, adoptada en la codificación de la Conferencia de La Haya sobre DIP
Hay dos factores que revivieron el debate sobre el criterio aplicable al estatuto personal
La pretensión de una aplicación multicultural del Derecho, gracias a la globalización
El desarrollo legislativo de la Unión Europea sobre Derecho de familia y sucesiones
Debate respecto al criterio nacionalidad
Es considerada una forma de respeto a la identidad cultural de los inmigrantes , aplicando una norma más acorde a su cultura
Pero deben tenerse en cuenta otros aspectos respecto a su aplicación.
Puede abrir la aplicación de varios ordenamientos la interposición exagerada de estos mecanismos de conflicto de normas.
Recurso de excepción de orden público interpuesto por las autoridades, dependiendo de la tolerancia del ordenamiento a las normas de este otro.
Las dificultades en la prueba del ordenamiento extranjero aplicable al fondo del asunto.
La adquisición de cierta nacionalidad (ej. la española) es beneficiosa a los inmigrantes, pero puede generar que la nacionalidad efectiva se vea en contraposición a la cultura que aún conservan.
Deberá facilitarse la adquisición de la nacionalidad, reduciendo los tiempos e instaurando la figura de la doble nacionalidad.
Respecto a la posición de una doble nacionalidad, debería decantarse por la aplicación de un solo ordenamiento, que en la gran mayoría de ordenamientos es la ley del foro.
Debate respecto al criterio residencia habitual
Basado en la búsqueda de un concepto concreto, el cual liga al sujeto a su contexto socio-jurídico de manera efectiva
Tiene dos ventajas
Obvia el problema de la conservación de la nacionalidad o de la adquisición de otra.
Es más justo, ya que somete a todos los residentes a un mismo ordenamiento, y busca a su vez la integración de toda la sociedad.
Ha dado una preponderancia al criterio de residencia habitual, basado en la disolución del nacionalismo marcado y la no discriminación, y asegurar el acceso a la justicia en la Unión Europea
Podemos evidenciar ello en estas normas
Reglamento 4/2009 , sobre reclamación de alimentos entre parientes.
El libro verde , en pleno desarrollo desde 2008, sugiere la aplicación de este criterio , bajo un concepto de professio iuris, respecto a conflictos matrimoniales de contenido patrimonial.
Propuesta de reglamento en materia de sucesiones de octubre de 2009, que, aunque prioriza la professio iuris del causante, prioriza la aplicación de la residencia habitual que el de la propia nacionalidad