ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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mapa mental relacionado con "Generalidades del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales"
gary alexander echeverria aparicio
Mapa Mental por gary alexander echeverria aparicio, actualizado hace más de 1 año
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2059
1

Resumen del Recurso

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Nota:

  • La Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009, en su artículo 1, señala que: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional, comunitario,  libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”
  1. 4. ÓRGANOS DEL ESTADO
    1. 4.1. EJECUTIVO

      Nota:

      • Dirige la administración publica, a través de de los ministerios de estado. esta compuesto por la o el presidente, Vicepresidente, ministras y ministros del estado (art. 165 de la CPE)
      1. 4.2. LEGISLATIVO

        Nota:

        • aprobar y sancionar leyes nacionales que rigen para todo el territorio boliviano. (art. 145 cpe)
        1. 4.4. ELECTORAL

          Nota:

          • Preparación, desarrollo, vigilancia, control de los procesos electorales y de proclamar sus resultados (Art. 208 parágrafo 1, de la CPE)
          1. 4.3. JUDICIAL

            Nota:

            • Encargado de la administración de justicia; la Función Judicial es única y se ejerce principalmente por medio de la jurisdicción ordinaria, a cargo del Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales de sentencia y los jueces
          2. 1. EL ESTADO

            Nota:

            • Estado es una sociedad humana, territorial y políticamente organizada mediante una autoridad o gobierno que emerge del ejercicio del poder político y que regula de modo determinado la convivencia social, buscando como finalidad el bienestar de sus miembros” (Valencia. 1975)
            1. 1.1 POBLACION

              Nota:

              • CONJUNTO DE HABITANTES QUE SE ENCUENTRA EN UB TERRITORIO
              1. 1.2 TERRITORIO

                Nota:

                • ES LA PORCION DE TIERRA, AGUA Y ESPACIO DELIMITADOS GEOGRAFICAMENTE
                1. 1.3 GOBIERNO

                  Nota:

                  • CONJUNTO DE ORGANISMOS QUE DIRIGEN EL ESTADO
                2. 5. Funciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado
                  1. 5.1 La funcion de control es ejercida Contraloría General del Estado

                    Nota:

                    • Es la institución técnica que ejerce la función de control de la administración de las entidades públicas y de aquellas en las que el Estado tenga participación o interés económico. Está facultada para determinar indicios de responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal;  tiene autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa (artículo 213 de la CPE)
                    1. 5.2 Defensa de la Sociedad
                      1. 5.2.1 La Defensoría del Pueblo

                        Nota:

                        • Es la institución encargada de velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos   humanos, individuales y colectivos que están establecidos en la CPE, las leyes y los instrumentos internacionales. Su función alcanza a la actividad del sector público y a la actividad de las instituciones privadas que prestan servicios públicos (artículo 218 de la CPE).  La Ley N° 1818 del Defensor del Pueblo del 22 de diciembre de 1997 establece el marco legal de esta institución
                        1. 5.2.2 El Ministerio Público

                          Nota:

                          • Es la institución que defiende la legalidad y los intereses  generales de la sociedad y ejerce la acción penal pública. Tiene autonomía funcional, administrativa y financiera    (artículo 225 de la CPE).  La Ley N° 260, Ley Orgánica del Ministerio Público del 11 de Julio de 2012 establece el marco legal de esta institución
                        2. 5.3 La Función de Defensa del Estado es ejercida por la Procuraduría General del Estado

                          Nota:

                          • Es la institución de representación jurídica pública que tiene como atribución promover, defender y precautelar los intereses del Estado. Su organización y estructura serán determinadas por la ley (artículo 229 de la CPE).  La Ley Nº 064 de la Procuraduría General del Estado de 5 de diciembre de 2010 establece el marco legal de esta institución. 
                        3. 2. Administración Pública.
                          1. 2.1 La Administración Pública como proceso

                            Nota:

                            • Define objetivos, formula planes y políticas, se crean y administran instituciones, se movilizan recursos y se llevan a cabo los cambios necesarios. El concepto moderno de Administración Pública sirve para designar al conjunto de procedimientos, mecanismos y formas sociales por medio de los cuales el Estado gestiona, tanto bienes como servicios públicos. 
                            1. 2.2 La Administración Pública como estructura

                              Nota:

                              • Conjunto de instituciones que realiza los fines del Estado, al respecto Pablo Dermizaky (1991) señala: “la administración pública es el conjunto de órganos administrativos que sirven al Estado para la realización de funciones y actividades destinados a la provisión de obras, bienes y servicios públicos a la sociedad”. 
                            2. 3. Fines y Funciones Esenciales del Estado Plurinacional de Bolivia

                              Nota:

                              • Los fines y funciones esenciales del Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo con el artículo 9 de la Constitución Política del Estado, son los siguientes: 1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales. 2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe. 3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano la diversidad plurinacional. 4. Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. 5. Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo. 6. Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras. 
                              1. 6. Organización Territorial del Estado, Autonomías y su Constitución

                                Nota:

                                • Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos, según el artículo 269 de la Constitución Política del Estado.  La autonomía implica, según el artículo 272 de la CPE, lo siguiente: - La elección directa de las autoridades por los ciudadanos. - La administración de sus recursos económicos (que se debe dar a través de los Sistemas de Administración y Control de la Ley N° 1178). - El ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por los órganos de los gobiernos autónomos en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones. 
                                1. 6.1 Autonomias
                                  1. 6.1.1 Gobierno Autónomo Departamental
                                    1. 6.1.1.1 Asamblea Departamental

                                      Nota:

                                      • Con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias
                                      1. 6.1.1.2 Órgano Ejecutivo

                                        Nota:

                                        •  Presidido por una Gobernadora o Gobernador e integrado ademas por autoridades departamentales
                                      2. 6.1.2 Gobierno Autónomo Regional
                                        1. 6.1.2.1 Asamblea Regional

                                          Nota:

                                          • Con facultad deliberativa, normativo-administrativa y   fiscalizadora, en el ámbito de sus competencias.
                                          1. 6.1.2.2 Órgano Ejecutivo Regional

                                            Nota:

                                            • La Ejecutiva o el Ejecutivo Regional será electa o electo por una Asamblea Regional
                                          2. 6.1.3 Gobierno Autónomo Municipal
                                            1. 6.1.3.1 Concejo Municipal

                                              Nota:

                                              • Con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias
                                              1. 6.1.3.2 Órgano Ejecutivo

                                                Nota:

                                                • Presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.
                                              2. 6.1.4 Autonomías Indígena Originario Campesinas

                                                Nota:

                                                • De acuerdo con los artículos 296 de la CPE y 45 de la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización, el gobierno autónomo indígena originario campesino estará conformado y se ejercerá por su estatuto de autonomía, sus normas, instituciones, formas de organización propias en el marco de sus atribuciones legislativa, deliberativa, fiscalizadora, reglamentaria, y ejecutiva, en el ámbito de su jurisdicción territorial, y sus competencias de acuerdo a la Constitución Política del Estado. 
                                              3. 6.2 Territorial
                                                1. 6.2.1 DEPARTAMENTOS
                                                  1. 6.2.2 PROVINCIAS
                                                    1. 6.2.3 MUNICIPIOS
                                                      1. 6.2.4 INDIGENA ORIGENARIO CAMPESINO
                                                    Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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