Con SEDE en la villa de Madrid, Tiene
jurisdicción en toda España
Se COMPRONDRÁ de su Pte, los Ptes de sala y los Mag que
determine la ley para cada una de sus salas y secciones
El Pte de la AN, tendrá consideración de Pte de
sala del TS, es el Pte nato de todas sus salas.
Estará INTEGRADA por las sig salas; De apelación, De los penal,
De lo C-A, De lo social. En el caso de que el nº de asuntos lo
aconseje podrán crearse 2 o + secciones dentro de una sala
SALA DE APELACIÓN
1º RECURSOS de esta clase que establezca la ley contra
las resoluciones de las sala de los Penal de la AN.
Cuando la diferencia en le VOLUMEN DE TRABAJO lo aconseje los Mag de esta
sala, con el acuerdo favorable de la sala de Gob a propuesta del Pret del
Tribunal, podrán ser adscritos por el CGPJ, total o parcialmente y sin que ello
signifique incremento retributivo alguno a otra sala de diferente orden
Para la ADSCRIPCIÓN se valorarán la antigüedad
en el escalafón, la especialidad o experiencia de
los Mag, a ser posible sus preferencias
SALA DE LO
PENAL
1º Del ENJUICIAMIENTO de las
causas, salvo que
corresponda en 1º instancia a
los J. Centrales de lo Penal
a) Delitos contra el TITULAR DE LA CORONA, su consorte, su
sucesor, Altos Organismos de la Nación y forma de Gob
b) FALSIFICACIÓN DE MONEDA, y fabricación de tarjetas de
crédito y débito falsas y cheques de viajeros falsos, siempre
que sean cometidos por organizadores o grupos criminales
c) Defraudaciones y maquinaciones para ALTERAR EL PRECIO de
las cosas que se produzcan o puedan producir grave repercusión
en la economía nacional o perjuicio en una generalidad de
personas en le territorio de + de una Audiencia
d) TRÁFICO DE DROGAS o estupefacientes, fraudes alimentarios
y de sustancias farmacéuticas o medicinales siempre que sean
cometidos por bandas o grupos organizados y produzcan
efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias
e) Delitos cometidos FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL cuando conforme a
las leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Trib españoles
En todo caso, la sala de lo penal extenderá su competencia al conocimiento
de los DELITOS CONEXOS con todos los anteriormente señalados
2º De los procedimiento penales INICIADOS EN EL EXTRANJERO, de la ejecución
de las sentencias dictadas por Trib extranjeros y del cumplimiento de pena de
prisión impuesta por Trib extranjeros cuando en virtud de Tratados
Internacional corresponda a España la continuación del procd penal, la
ejecución o el cumplimiento, salvo en aquellos casos en que la LOPJ atribuya
alguna de estas competencias a otro órgano jurisdiccional penal
3º De las cuestiones de CESIÓN DE JURISDICCIÓN en materia penal derivadas del
cumplimiento de tratados Internacionales en los que España sea parte
4º De los recursos respecto a los INSTRUMENTOS DE RECONOCIMIENTO mutuo
de resoluciones penales de la UE que les atribuye la ley y la resolución de los
procd judiciales de extradicción pasiva sea cual fuere el lugar de residencia o en
que hubiese tenido lugar la detención del afectado por el procd
5º De los RECURSOS establecidos en la ley contra las sentencias y otras
resoluciones de los J. Centrales de Instrucción y del J. Central de Menores
6º De los RECURSOS contra resoluciones dictadas por los J. Centrales de
Vigilancia Penitenciaria de conformidad con lo previsto en la disposición
adicional 5ª
7º De los procd de DECOMISO AUTÓNOMICO por los
delitos para cuyo conocimiento sean competentes
SALA DE LO C-A
1º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra
disposiciones y actos de los Ministros y SE que la
ley no atribuya a J. Centrales de lo C-A
2º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra
los actos dictados por la comisión de vigilancia de
Actividades de Financiación Terrorista y prórroga
de plazos.
3º De los RECURSOS DEVOLUTIVOS que la ley establezca
contra resoluciones de los J. Centrales de lo C-A
4º De los RECURSOS no atribuidos a los TSJ en
relación a los convenios entre Adm Públicas y a
las resoluciones del Trib econó Adm Central
5º De las CUESTIONES DE COMPETENCIAS que se puedan
plantear entre los J. Centrales de lo C-A y de aquellos otro
recursos excepcionalmente le atribuya la ley
6º Solicitud de autorización para la declaración
prevista en la Disp Adicional 5º LOPD-DDG
formulada por la Agencia Española de PD
SALA DE LO SOCIAL
1º De los procesos especiales de IMPUGNACIÓN DE
CONVENIOS COLECTIVOS cuyo ámbito territorial de
aplicación sea superior al territorio de una CA
2º De los procesos sobre CONFLICTOS COLECTIVOS
cuya resolución haya de surtir efecto en un ámbito
territorialmente superior al de una CA
OTRAS
COMPETENCIAS
Conocerá además cada una de las salas de la AN
de las RECUSACIONES que se interpusieren
contra los Mag que las compongan
Los Mag Recusados no formaran
parte de la sala
Una sala formada por el Pte de la AN, Ptes de las salas y
el Mag + antiguo y el + moderno de cada una de las
salas. Conocerá de los incidentes de recusación del Pte,
Ptes de la sala o + de 2 Mag de una sala