III UNA RELACIÓN DE CONFIANZA
CON ABOGADO-PROCURADOR
UNA CONDUCTA
DEONTÓLOGICAMENTE CORRECTA
33 Prestación de un servicio profesional de
CALIDAD; en la misión de defensa del Abogado
y en la representación por el Procurador
34 A DENUNCIAR ante los Colegios de Abogados o de Procuradores
las conductas contrarias a la deontología profesional
35 A conocer a través del Colegio Profesional correspondiente
si un abogado o procurador ha sido objeto de alguna SANCIÓN
DISCIPLINARIA no cancelada por alguna actuación profesional
Los Colegios establecerán un sistema para que
el ciudadano pueda conocer de forma efectiva
las sanciones disciplinarias No canceladas
36 A que los profesionales guarden
RIGUROSO SECRETO de cuanto les revelen
o confíen en el ejercicio de estas funciones
UN CLIENTE INFORMADO
37 Conocer ANTICIPADAMENTE EL COSTE aprox
de la intervención profesional y forma de pago
Profesionales obligados a entregar a
su cliente un PRESUPUESTO PREVIO
Exigir al Procurador una RENDICIÓN DE
CUENTAS DETALLADAS
38 Información PRECISA Y DETALLADA sobre el estado
del procedimiento y resoluciones que se dicten
El profesional deberá entregar a su cliente
COPIA DE TODOS LOS ESCRITOS que presente
y de las resoluciones que le sean notificadas
Consultar las CONSECUENCIAS de
toda actuación
Se potenciarán los SERVICIOS DE ORIENTACIÓN
JURÍDICA dependientes de los Colegios de Abogados
39 A ser informado por su Abogado y por su Procurador, con carácter previo
de cualquier pretensión, sobre las consecuencias de ser condenado al pago
de las COSTAS del proceso y sobre su cuantía estimada
UN JUSTICIA GRATUITA
DE CALIDAD
40 A ser asesorado y defendido GRATUITAMENTE POR
UN ABOGADO SUFICIENTEMENTE CUALIFICADO y a
ser representado por un procurador, cuando tenga
legalmente derecho a la asistencia jurídica gratuita
Los Colegios velarán por el correcto desarrollo de
su función por parte del profesional designado
41 Una FORMACIÓN DE CALIDAD del
profesional designado por el turno de oficio en
los supuestos de asistencia jurídica gratuita