FORMAS DE NOTIFICACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Descripción

A2 Justicia Mapa Mental sobre FORMAS DE NOTIFICACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, creado por Diana Fernández Ruiz el 17/03/2020.
Diana Fernández Ruiz
Mapa Mental por Diana Fernández Ruiz, actualizado hace más de 1 año
Diana Fernández Ruiz
Creado por Diana Fernández Ruiz hace más de 4 años
25
0

Resumen del Recurso

FORMAS DE NOTIFICACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
  1. MEDIOS TELEMÁTICOS
    1. ART 230 LOPJ JUZ, TRIB, MF ESTÁN OBLIGADOS a utilizar cualesquiera medios técnicos para el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus funciones. Los doc emitidos por estos medios, cualquiera que sea su soporte, gozarán de validez y eficacia de un doc original, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las leyes procesales
      1. Los procesos que se tramiten con soporte informático GARANTIZARÁN la identificación que el ejercicio de la función jurisdiccional por el órgano que la ejerce, así como la confidencialidad, privacidad y seguridad de los datos de carácter personal conforme a la ley
        1. Las personas que demanden TUTELA JUDICIAL de sus derechos e intereses podrán relacionarse con la Adm de la Justicia a través de los medios técnicos referidos cuando sean compatibles con los que dispongan Juz y Trib y respeten las garantías y requisitos del procedimiento que se trate
          1. Los PROGRAMAS Y APLICACIONES informáticas que se utilicen en la Adm de Justicia deberán ser previamente informados por el CGPJ. Deberán ser compatibles entre sí para facilitar su comunicación e integración en los términos que determine el Cómite Técnico Estatal de la Adm de Justicia Electrónica
          2. ACTOS DE COMUNICACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS
            1. ART 135 cuando las OJ y los sujetos intervinientes en un proceso estén OBLIGADOS AL EMPLEO DE LOS SISTEMAS TELEMATICOS existentes en la Adm de Justicia conforme al art 273. Remitirán y recibirán los doc a través de estos sistemas de forma tal que quede garantizar la autenticidad de la comunicación y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción integras, así como de la fecha en que estas se hicieren.
              1. Se podrá presentar escritos y doc en formato electrónico todos los días del año durante las 24 horas. Presentados, se emitirá automaticamente recibo por el mismo medio, con expresión del nº de entrada de registro y de la fecha y hora de presentación. En caso de que la presentación tenga lugar en día u hora inhábil a efectos procesales conforme a la ley se entenderá efectuada el 1º día y hora hábil siguiente
              2. A EFECTOS DE PRUEBA y del cumplimiento de requisitos legales que exijan disponer de doc originales o copias fehacientes se estará en lo previsto en el art 162
                1. Cuando la presentación de ESCRITOS PERENTORIOS dentro de plazo por los medios técnicos citados, no sea posible por interrupción no planificada del Servicio de Comunicaciones telemáticas el remitente podrá proceder a su representación en la OJ el 1er día hábil sig acompañado del justificante de la interrupción
                  1. ART 162 LEC las OJ y las partes o destinatarios de los ACTOS DE COMUNICACIÓN ESTÉN OBLIGADOS a enviarlos y recibirlos por medios telemáticos que permitan el envio y la recepción de escritos y doc de forma tal que este garantizada la autenticidad de la comunicación y de su contenido y que quede constancia fehaciente de la remisión y recepción integras y del momento en que se hicieron con el resguardo acreditativo de su recepción que proceda
                  2. EFECTUADA LA COMUNICACIÓN
                    1. Cuando CONSTANDO LA CORRECTA REMISIÓN de un acto de comunicación por dichos medios técnicos salvo las practicadas por los Servicios de Notif de los Colegios de Procuradores. Transcurrieran 3 días sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando sus efectos
                      1. SE EXCEPTUARAN aquellos supuestos en los que el destinatario justifique la falta de acceso al sistema de notif se debiera a causas técnicas y esta persistieran en el momento de ponerlas en conocimiento. El AC se practicará mediante entrega de copia de la resolución. La notif se entenderá validamente recibida en el momento en el que conste la posibilidad del acceso al sistema si se da transcurrido dicho plazo pero antes de efectuada la comunicación mediante entrega se entenderá validamente realizada en la fecha que conste en el resguardo acreditativo
                        1. No se practicarán AC a los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto salvo que sean hábiles para las actuaciones que correspondan
                        2. Cuando la autenticidad de la resolución, doc, dictamen o informes presentados por los medios referidos solo pudiera ser reconocida o verificada mediante examen directo o por otros procedimientos, podrán ser presentados en soporte electrónico mediante IMÁGENES DIGITALIZADAS de los mismo en caso de que alguna de las partes, el trib en los procesos de familia, incapacidad, filiación o el MF, así lo soliciten habrán de aportarse en su soporte papel original en el plazo o momento procesal que a tal efecto se señale
                          1. ART 152 LEC hace mención entre las FORMAS DE COMUNICACIÓN además del correo, telegrama, email o cualquier otro medio electrónico que permita dejar en los autos constancia fehaciente de la recepción, su fecha y hora y del contenido de lo comunicado
                          2. SISTEMA LEXNET
                            1. RD 1065/2015 27 nov lo regula. Tiene por objeto desarrollar la ley 18/2011 5 jul relativo a las notificaciones y comunicaciones electrónicas, presentación electrónica de escritos y doc y traslado de copias, son de aplicación integrantes de los órganos y OJ y fiscales, profesionales de la Adm de Justicia, personas obligadas a intervenir por estos medios y a los ciudadanos que ejerzan el derecho a relacionarse por estos medios
                              1. Todos los Abogados, Procuradores, Graduados Sociales, Abogados del Estado, Letrados de las CG, Asambleas Legislativas y demás Adm Públicas, CCAA o entes locales
                                1. Colegios de Procuradores y administradores concursales. Tienen la obligación de usar estos medios técnicos para la presentación de escritos y doc y la recepción de AC
                                  1. Órganos Judiciales y Fiscales realizarán los AC con las partes y 3º
                                    1. 1 Sistemas Lexnet, órganos judiciales y fiscales, representadas por profesionales de la Adm de Justicia y cuando los destinatarios sean Adm, órganos públicos y FCS
                                      1. 2 La sede judicial electrónica
                                        1. 3 Servicio compartido de Gestión de Notif Electrónicas y la Carpeta Ciudadana
                                          1. 4 Otos sistemas electrónicos de información y comunicación
                                        Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                                        Similar

                                        sistema penal acusatorio
                                        camila leon
                                        Los valores humanos
                                        Dora Marlen Araque Beltrán
                                        LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
                                        Clara Ramirez
                                        PRINCIPIOS DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN MÉXICO
                                        rita rojas
                                        TEST: MEDIACIÓN
                                        Med3C Mediación
                                        Los Principios de la Bioetica
                                        MIGUEL ANGEL OSUNA ULLOA
                                        LIDERAZGO
                                        ranitahappy
                                        TEST T14-090 - FALTAS MUY GRAVES, GRAVES Y LEVES
                                        JCARLOS FERNANDEZ
                                        Derechos humanos y discriminación
                                        Cindy Piña
                                        ETAPA SEGUNDA: ESTADO SOCIAL DE DERECHO
                                        MELISSA DIAZ CABRERA
                                        TEMA 23. EL PROCESO LABORAL
                                        israelpastor