EJECUCIÓN PROVISIONAL

Descripción

A2 Justicia Mapa Mental sobre EJECUCIÓN PROVISIONAL, creado por Diana Fernández Ruiz el 06/04/2020.
Diana Fernández Ruiz
Mapa Mental por Diana Fernández Ruiz, actualizado hace más de 1 año
Diana Fernández Ruiz
Creado por Diana Fernández Ruiz hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

EJECUCIÓN PROVISIONAL
  1. PROCEDENCIA
    1. Se formulará por DEMANDA O SOLICITUD
      1. Las sentencias de condena QUE NO SEAN FIRMES se despacharán y llevarán a cabo del mismo modo que la ejecución ordinaria por el Trib competente de 1ªinstancia y las partes dispondrán de los mismos derechos y facultades procesales
        1. Dictada la sentencia en REBELDÍA no haya transcurrido los plazos para ejercitar acción de rescisión procederá solo anotación preventiva de aquellos que permitan la inscripción o cancelación de asientos en Registro Público
          1. Tienen CARÁCTER PREFERENTE las sentencias que tutelen derechos fundamentales
          2. NO PROCEDERÁ
            1. EN NINGÚN CASO susceptibles de EJECUCIÓN PROVISIONAL
              1. 1 Sentencias dictadas en procesos de paternidad, maternidad, filiación, nulidad de matrimonio, separación o divorcio, capacidad y estado civil. OPOSICIÓN de resoluciones adm de protección de menores, restitución y retorno de menores sustracción internacional y derechos honoríficos. Salvo pronunciamientos que regulen obligaciones y relaciones patrimoniales relacionadas con el objeto principal
                1. 2 Sentencias que condenen emitir una declaración de voluntad
                  1. 3 Sentencias que declaren la nulidad o caducidad de títulos de propiedad industrial
                  2. TAMPOCO PROCEDERÁN sentencias extranjeras NO firmes, salvo que los disponga en Tratados
                    1. NO PROCEDERÁ de los pronunciamientos de carácter indemnizatorio de las sentencias que declaren la vulneración de derechos al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen
                    2. DESPACHO DE EJECUCIÓN
                      1. PEDIR EJECUCIÓN PROVISIONAL
                        1. DICTADA LA SENTENCIA de condena en 1ª Instancia quien haya obtenido un pronunciamiento a su favor podrá solicitar y obtendrá la ejecución provisional sin prestar caución
                          1. La EJECUCIÓN PROVISIONAL podrá pedirse en cualquier momento desde la notif de la resolución que tenga por interpuesto el recurso de APELACIÓN o en su caso el traslado a la parte apelante del escrito del apelado adhiriéndose al recurso siempre antes de que haya recaido sentencia en éste
                          2. OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN PROVISIONAL
                            1. Ejdo podrá OPONERSE A LA EP una vez que haya sido despachada y fundamentandose por las sig causa, sin perjuicio apt 4 art 528 LEC
                              1. 1 Haberse despachado con infracción art 527
                                1. 2 que la sentencia fuere de condena no dineraria y resultare imposible restaurar la situación anterior o compensar al ejecutado. En el caso de que dicha sentencia fuere revocada
                                2. Si la SENTENCIA FUERE DE CONDENA DINERARIA
                                  1. el ejdo no podrá oponerse a EP, si podrá oponerse a actuaciones ejecutivas del procedimiento de apremio cuando les pueda causar una situación imposible de restaurar o compensar. Deberá indicar otras medidas alternativas y ofrecer caución
                                  2. La OPOSCIÓN también podrá estar fundada en le pago o cumplimento de lo ordenado en la sentencia, deberá acreditar doc, en la existencia de pactos o transacciones para evitar la EP. Se tramitarán conforme a la ejecución ordinaria
                                    1. El ESCRITO DE OPOSICIÓN se presentará ante el Trib dentro de 5 días sig a la notif de la resolución que acuerde el despacho de ejecución dandose traslado a las partes para que dentro de los 5 días sig aleguen lo que tengan por conveniente resolviéndose por medio de AUTO contra el que NO cabe recurso
                                  3. REVOCACIÓN O CONFIRMACIÓN DE LA SENTENCIA PROVISIONALMENTE EJECUTADA
                                    1. SI CONFIRMA LOS PRONUNCIAMIENTOS provisionalmente ejecutados la ejecución continuará salvo que el ejte desistiere. Si la sentencia confirmatoria no fuere susceptible de recurso, la ejecución seguirá adelante
                                      1. SI LA SENTENCIA FUERE DE CONDENA DINERARIA
                                        1. y se revocaré totalmente, se sobreseerá por el LAJ y el ejte devolverá la cantidad al ejdo + costas de la EP, y resarciendole de de daños y perjuicios
                                          1. revocación parcial, devolverá la diferencia + incremento del tipo de interés legal del dinero
                                          2. CONDENA NO DINERARIA, se revocare
                                            1. condenando a la entrega del bien determinado o restitución + rentas frutos; si fuera imposible: daños y perjudicios
                                              1. condenada de hacer o se deshaga lo hecho + indemnización
                                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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