RC DEPENDE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA y dentro del
mismo es la Dirección General de los Registradores y del
Notariado, lleva los asuntos relacionados con el Registro
FUNCIONES DGRN
Cumplir y hacer cumplir la ley y el reglamento
Preparar las propuestas de orden o RD en la
materia en informar sobre el RC
Programación y distribución de los medios
materiales y personales
Resolución de expediente de nacionalidad, estado
civil y registro civil, estudio y resolución de consultas
Formulación de instrucciones
Resolución de recurso contra las
resoluciones de los encargados del RC
CLASES DE REGISTROS
Registros municipales
son dos
Ordinarios Jueces de 1ª Instancia
Delegados Jueces de Paz
EXISTEN al menos un RC POR
CADA TÉRMINO MUNICIPAL
Art 10 RC menciona Juzgados Municipales debe interpretarse
actualmente referido a los Juz de 1ª instancia y a los de Paz
REGISTROS
ORDINARIOS
Art 86.1 de la LOPJ el RC estará a cargo de los Jueces de 1ª instancia y por delegación
de estos de los de Paz de conformidad con lo que disponga la ley, sin perjuicio de lo
disponga en ella para los demás RC, en su caso Art ESTÁ DEROGADO actualmente
estos órganos judiciales siguen conociendo en materia de RC
DONDE EXISTA UN JUZGADO DE 1ª INSTANCIA
corresponderá LA FUNCIÓN REGISTRAL
Conforme a la ley de Planta y art 44 RRC existen denominados
RC EXCLUSIVOS A CARGO DE UN MAGISTRADO
Art 27 Ley de Planta determina que PUEDE HABER VARIOS RC distribuidos por
secciones o apellidos o confiar el Registro a un solo Juzgado con dedicación
exclusiva en capitales con más de 500 mil habitantes; o que se juzgue
conveniente en atención al volumen de población un alto nº de actuaciones
Juz de 1ª Instancia LA FUNCIÓN REGISTRAL SE
COMPARTE CON LA JURISDICCIONAL
REGISTROS
DELEGADOS
Art 99 LOPJ En cada municipio donde no exista Juz de 1ª
instancia e instrucción habrá un juzgado de paz
Art 100 LOPJ el juzgado de paz cumplirá también las funciones
de RC, esta parte del art esta derogada actualmente estos
órganos judiciales siguen conociendo en materia de RC
EXISTIRÁ UN RC del juzgado de paz allí donde no exista un
juzgado de 1ª instancia, en el RC del juzgado de paz no existe
la sección IV de tutelas y representaciones, solo cuenta con 3
En las poblaciones donde no haya un juzgado de 1ª instancia, será el
juzgado de paz el que asumirá la función registral, en los RC de los
juzgados de paz, el juez ACTUARÁ POR DELEGACIÓN de encargado (del
juez de 1ª instancia) y con iguales facultades salvo en los expedientes
FUNCIONES
ES MATERIA EXCLUSIVA DEL ESTADO 149.1.8 CE, art 2.2 de la
LOPJ, establece que los Juz y Trib no ejercerán + funciones
que las señaladas en el párrafo anterior, las de RC y las
demás que expresamente les sean atribuidas por la ley en
garantía de cualquier derecho. Actualmente los Juz y Trib
siguen ejerciendo funciones en esta materia
Del RC a cargo del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA
y los de carácter exclusivo le corresponde
como encargado del Registro
1 CALIFICAR las declaraciones y doc
que sirvan para inscripciones
2 EXTENDER los asientos o dictar resolución denegatoria,
si tuviera dudas fundadas acerca de las declaraciones,
realizará comprobaciones en el plazo de 10 días
3 ELEVAR DGRN previo informe del MF propuestas para
mejorar el servicio o resolver cuestiones de carácter general
4 ILUSTRAR Y DIRIGIR a los jueces de paz dándoles las
instrucciones necesarias para el desempeño de su
contenido y encareciendoles la máx diligencia y la consulta
5 INSPECCIÓN de los registros a su cargo
6 INSTRUIR y RESOLVER los expediente
El encargado es ASISTIDO POR EL LAJ para que todas los asiento se cierren con las firmas de
ambos. El LAJ por delegación del encargado PODRÁ DESEMPEÑAR POR SÍ SOLO la función de
certificar y extender inscripciones dentro de plazo, de nacimiento, ordinarios de defunción,
matrimonio en forma religiosa mediante certificación, matrimonio en forma civil, notas
marginales que no sean de rectificación o cancelación y las relativas a la fe de vida o estado
Cuerpo de Gestión puede realizar las mismas
funciones, del LAJ delegado, las habilitaciones
han desaparecido continúan tales delegaciones
El JUEZ Y LAJ RESPONDEN SOLIDARIAMENTE de cuantos actos autoricen
conjuntamente relativos al registro. Se atendrá a lo ordenado por el
juez, si estima infracción, dará cuenta al órgano inmediato superior
RC DE LOS JUZGADOS DE
PAZ como delegados
extenderán certificaciones dentro de plazo, nacimiento, ordinaria de defunción ,
matrimonio en forma religiosa por certificación, matrimonio en forma civil previo
expediente haya instruido, notas marginales que no sean de rectificación ni cancelación.
no podrán extender ningún otro asiento, salvo casos de urgente necesidad
sin instrucciones por escrito del encargado. Archivadas con los demás
antecedentes relativos al asiento, reservándose minuta del Encargado
No están facultados para resolver expedientes, salvo para
instruir el expediente previo al matrimonio
Expedir certificaciones y autorizar o denegar su celebración e instruir los expedientes
de fe de vida y estado, siempre con la firma conjunta del juez de paz y del LAJ
REGISTROS CONSULARES
DEFINICIÓN
POR CADA DEMARCACIÓN CONSULAR HABRÁ 1 REGISTRO. El
ministerio de asuntos exteriores comunicará al de justicia los
consulados de España en le extranjero
ESTÁN A CARGO DE LOS CÓNSULES DE ESPAÑA o funcionarios
diplomáticos, serán sustituidos por funcionario de carrera que
corresponda en su defecto, canciller o persona que le sustituya
según el reglamento
CARECEN DE LAJ, asientos, certificaciones y
diligencia se autorizarán solo por el encargado
FUNCIONES
Los Cónsules EXTENDERÁN POR DUPLICADO
las inscripciones que abren folio (las
principales) en el registro a su cargo
UNO de los ejemplares será
REMITIDO AL REGISTRO CENTRAL
para su debida incorporación
En uno y otro se extenderán en virtud de parte
enviado por conducto reglamentario, todas las
inscripciones marginales que se practiquen en
cualquiera de ellos
EL FISCAL LO REPRESENTA EL CANCILLER o sustituto
reglamentario o 2 españoles capaces e instruidos,
designados por el jefe de la oficina consular. No puede
recaer el cargo de encargado y fiscal en la misma persona