Las Ciencias al Servicio de la Justicia

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Las Ciencias al Servicio de la Justicia
Alejandro Suances
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Alejandro Suances
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Resumen del Recurso

Las Ciencias al Servicio de la Justicia
  1. Concepto de Policía Científica.
    1. Servicio de Criminalística de la Guardia Civil y la Comisaría General de policía Científica del Cuerpo Nacional de Policía
      1. Los jueces y tribunales: Solicitan su apoyo para formular el planteamiento de un problema con el objeto de que se solucionado por dicho perito
    2. Criminalística. Policía Científica: laboratorios y estudios que abarcan
      1. Los informes periciales más comunes:
        1. Dactiloscópicos
          1. Balísticos
            1. Biológicos
              1. ADN y reseña genética
            2. Laboratorios que realizan funciones de investigación y análisis de indicios
              1. -Identificación lofoscópica. -Biología forense (la reseña genética o estudios relacionados con el ADN principalmente). -Antropología forense. -Balística forense y Trazas Instrumentales. -Documentoscopia y Grafística. -Electrónica e Informática forense. -Imagen forense. -Acústica forense (estudios periciales sobre el análisis del habla e interlocutores….). -Infografía forense (técnica consistente en la representación 3D de la escena del crimen). Química forense.-
              2. Laboratorios ajenos a las FCS
                1. Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
                  1. Instituto de Medicina Legal
                2. La importancia del informe pericial en el proceso penal
                  1. El ordenamiento jurídico Español establece y regula la definición y valoración del informe pericial
                    1. Intervención del PERITO JUDICIAL dependiendo de la FASE JUDICIAL

                      Nota:

                      • La intervención de los peritos en el marco de las Ciencias Forenses está supeditado a la labor que realizan jueces y magistrados, pudiéndose otorgar diferente valor dependiendo del momento o fase procesal donde sea requerido su auxilio o colaboración.
                      1. Fase de instrucción
                        1. EL carácter del informe pericial es el de ACTO DE INVESTIGACIÓN
                        2. Fase de juicio oral
                          1. Puede llegar a adquirir el valor de verdadera PRUEBA
                            1. REQUISITOS
                              1. Ratificado por los peritos durante la vista oral
                                1. Sometido a principios
                                  1. Inmediación
                                    1. Contradicción
                                      1. Publicidad
                                      2. Se cumpla el principio de libre valoración de la prueba por parte del órgano jurisdiccional (JUEZ) único que puede otorgarle el carácter de prueba de forma motivada y razonada
                              2. La GC en el levantamiento del cadáver
                                1. La Comisión Judicial. Actor más importante en todo el proceso de levantamiento del cadáver
                                  1. Con indicios de criminalidad: El juez, el Secretario Judicial y el Médico forense
                                    1. Sin indicios de criminalidad: El juez puede delegar en el Médico forense, es este el que realiza el levantamiento
                                    2. Guía básica de actuación ante el hallazgo de un cadáver

                                      Nota:

                                      • Nunca se recogerán vestigios, indicios o pruebas del delito a no ser que exisata peligro inminente de pérdida, desaparición o deterioro, ya sea por las condiciones meteorológicas o por otros factores.
                                      1. Comunicación: Patrullas SC-->COS-->Policía Judicial
                                        1. -Escenario cerrado: Se impide acceso al interior -Escenario abierto: Doble acordonamiento, solo accesibles por--> 1º ACORD. Serv. sanitarios, auxilio o rescate 2º ACORD. Cuerpos policiales
                                          1. Establecimiento de un pasillo de acceso, la entrada y salida se deberá hacer siempre por el mismo, reconocimiento de la zona, no fumar en las inmediaciones y proximidades del hecho ni el abandono de objetos que puedan modificar la escena
                                            1. PATRULLAS DE SEGURIDAD CIUDADANA realizarán la siguiente documentación: Formulario de filiación de heridos, Formulario de filiación de personas que atraviesan cada uno de los cordones policiales, Breve reportaje fotográfico, Croquis situación y Hoja de recogida de muestras urgentes
                                            2. La inspección ocular
                                              1. Se le encomienda al juez de instrucción mediante la LEcrim, en el Real Decreto de Policía Judicial se indica que podrá ser encomendada a las Unidades Adscritas de Policia judicial en su labor de asistencia directa al Juzgado y Fisclía de guardia
                                                1. Es considerada una dilegencia procesal, practicada por un funcionario judicial con el objeto de conseguir medios de prueba para la formación de la convicción del Juez.
                                                  1. Papel de la Policía Judicial en la autopsia: 1. Labores de identificación (necroreseña) 2. Fijación del cadáver: fotografías (generales, lesiones, objetos externos en su superficie) 3. Recogida de muestras: a efectos de identificación 4. Elaboración de documentación: Acta de asistencia a la Autopsia (incluyendo muestras recogidas, etc..)
                                                    1. PROPUESTAS DE MEJORA: 1º Actuación unidades de seguridad ciudadana--> establecer pautas básicas de actuación 2º Policía Judicial-->delimitar con precisión las funciones de la PJ y el Médico forense (coordinación) 3º Creación de un protocolo multidisciplinar en el ámbito del levantamiento 4º En relación coordinación GC y COmisión Judicial, modificación LEcrim, obsoleta en numerosos casos (1882) 4º Recogida y tratamiento de muestras, establecimiento de directrices de coordinación entre laboratorios (GC, Inst. Nacional TOxic. y Ciencias Forenses), homogeneizar criterios...
                                                  Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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