Servicio de Criminalística de la Guardia Civil y la
Comisaría General de policía Científica del Cuerpo Nacional de Policía
Los jueces y tribunales: Solicitan su apoyo para formular el
planteamiento de un problema con el objeto de que se solucionado por
dicho perito
Criminalística. Policía Científica: laboratorios y estudios que abarcan
Los informes periciales más comunes:
Dactiloscópicos
Balísticos
Biológicos
ADN y reseña genética
Laboratorios que realizan
funciones de investigación
y análisis de indicios
-Identificación
lofoscópica. -Biología
forense (la reseña
genética o estudios
relacionados con el ADN
principalmente).
-Antropología forense.
-Balística forense y Trazas
Instrumentales.
-Documentoscopia y
Grafística. -Electrónica e
Informática forense.
-Imagen forense.
-Acústica forense
(estudios periciales sobre
el análisis del habla e
interlocutores….).
-Infografía forense
(técnica consistente en la
representación 3D de la
escena del crimen).
Química forense.-
Laboratorios ajenos a las FCS
Instituto Nacional de Toxicología
y Ciencias Forenses
Instituto de Medicina Legal
La importancia del informe pericial en el proceso penal
El ordenamiento jurídico Español establece y regula
la definición y valoración del informe pericial
Intervención del PERITO JUDICIAL dependiendo de la FASE JUDICIAL
Anotações:
La intervención de los peritos en el marco de las Ciencias Forenses está supeditado a la labor que realizan jueces y magistrados, pudiéndose otorgar diferente valor dependiendo del momento o fase procesal donde sea requerido su auxilio o colaboración.
Fase de instrucción
EL carácter del
informe pericial
es el de ACTO DE
INVESTIGACIÓN
Fase de juicio oral
Puede llegar a
adquirir el valor de
verdadera PRUEBA
REQUISITOS
Ratificado por los peritos durante la vista oral
Sometido a principios
Inmediación
Contradicción
Publicidad
Se cumpla el principio de libre valoración de la prueba por parte
del órgano jurisdiccional (JUEZ) único que puede otorgarle el
carácter de prueba de forma motivada y razonada
La GC en el levantamiento del cadáver
La Comisión Judicial. Actor más importante en todo el
proceso de levantamiento del cadáver
Con indicios de criminalidad: El juez, el
Secretario Judicial y el Médico forense
Sin indicios de criminalidad: El juez puede delegar en el
Médico forense, es este el que realiza el levantamiento
Guía básica de actuación ante el hallazgo de un cadáver
Anotações:
Nunca se recogerán vestigios, indicios o pruebas del delito a no ser que exisata peligro inminente de pérdida, desaparición o deterioro, ya sea por las condiciones meteorológicas o por otros factores.
-Escenario cerrado: Se impide acceso al interior -Escenario abierto:
Doble acordonamiento, solo accesibles por--> 1º ACORD. Serv.
sanitarios, auxilio o rescate 2º ACORD. Cuerpos policiales
Establecimiento de un pasillo de acceso, la entrada y salida se deberá
hacer siempre por el mismo, reconocimiento de la zona, no fumar en
las inmediaciones y proximidades del hecho ni el abandono de
objetos que puedan modificar la escena
PATRULLAS DE SEGURIDAD CIUDADANA realizarán
la siguiente documentación: Formulario de filiación
de heridos, Formulario de filiación de personas que
atraviesan cada uno de los cordones policiales,
Breve reportaje fotográfico, Croquis situación y
Hoja de recogida de muestras urgentes
La inspección ocular
Se le encomienda al juez de
instrucción mediante la LEcrim,
en el Real Decreto de Policía
Judicial se indica que podrá ser
encomendada a las Unidades
Adscritas de Policia judicial en
su labor de asistencia directa al
Juzgado y Fisclía de guardia
Es considerada
una dilegencia
procesal,
practicada por
un funcionario
judicial con el
objeto de
conseguir
medios de
prueba para la
formación de la
convicción del
Juez.
Papel de la Policía Judicial en la autopsia: 1.
Labores de identificación (necroreseña) 2.
Fijación del cadáver: fotografías (generales,
lesiones, objetos externos en su superficie) 3.
Recogida de muestras: a efectos de
identificación 4. Elaboración de
documentación: Acta de asistencia a la
Autopsia (incluyendo muestras recogidas,
etc..)
PROPUESTAS DE MEJORA: 1º Actuación unidades de seguridad ciudadana--> establecer pautas básicas de actuación 2º
Policía Judicial-->delimitar con precisión las funciones de la PJ y el Médico forense (coordinación) 3º Creación de un
protocolo multidisciplinar en el ámbito del levantamiento 4º En relación coordinación GC y COmisión Judicial, modificación
LEcrim, obsoleta en numerosos casos (1882) 4º Recogida y tratamiento de muestras, establecimiento de directrices de
coordinación entre laboratorios (GC, Inst. Nacional TOxic. y Ciencias Forenses), homogeneizar criterios...