Tener conocimiento y
pleno dominio:
administrativo. Técnico.
Pedagógicos. legislación
educativa vigente.
Nota:
Decreto Número 1748
El Congreso de la República de Guatemala.
Es necesario completar la legislación social de Guatemala establecido, además del Código de Trabajo y de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,
una ley de Servicio Civil que permite la realización y desarrollo de los principios
contenidos en los artículos 118, 119, 120, 121 y 122 de la Constitución de la República, y
que regule las relaciones de la Administración Pública con sus trabajadores
Conocer de leyes
Planificar
organizar orientar
coordinar
supervisar y
evaluar.
Nota:
TITULO VI
CAPITULO UNICO
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones
Artículo 61. Derechos de los Servidores Públicos
Analizar las planificaciones de los docentes
Asumir conjuntamente
con el personal la
responsabilidad del
proceso
enseñanza-aprendizaje
Nota:
A un salario justo que le permita una existencia decorosa, de acuerdo a las funciones
que desempeñe y a los méritos de su actividad persona
Derecho a descanso forzoso de treinta días antes del parto y de cuarenta días
después, con goce de salario
Responsabilidad en el trabajo
Responsabilizarse por
los muebles e inmuebles
del centro educativo
Nota:
A gozar del régimen de jubilaciones, pensiones y montepíos, de conformidad con la ley respectiva.
Cuidar lo material
del
establecimiento
Mantener
informado al
personal
Nota:
Al ascenso a puesto de mayor jerarquía y/o sueldo, mediante la comprobación de
eficiencia y méritos, de conformidad con las normas de esta ley
Actualizacion
Representar al centro educativo
Nota:
A recibir en la primera quincena del mes de diciembre de cada año un aguinaldo en
efectivo; que se liquidará de conformidad con la ley y reglamentos respectivos
Dar a conocer la virtudes
del establecimiento
Realizar reuniones de trabajo
periódicas
Nota:
A enterarse de las calificaciones periódicas de sus servicios
Dar a conocer las
noticias mas
relevantes
Propiciar y apoyar
asociaciones estudiantiles
Nota:
Treinta días a los servidores públicos expuestos a riesgos que causen enfermedades
profesionales, los que sean enumerados para ese efecto en el reglamento respectivo
Aprobar proyectos de
Gobiernos escolares
Apoyar y contribuir la
realización de las actividades
Nota:
A no ser removidos de sus puestos, a menos que incurran en las causales de despido
debidamente comprobadas, previstas en esta ley
De las diferentes comisiones que
existen en la escuela
Propiciar buenas relaciones
entre la comunidad educativa
Nota:
A gozar de un periodo anual de vacaciones remuneradas de veinte días hábiles
después de cada año de servicios continuos
Tener una buena relacion
entre compañeros de
trabajo
Respetar y hacer respetar
la dignidad
Nota:
A licencias con o sin goce de sueldo, por enfermedad, gravidez, estudios, adiestramiento y otras causas de conformidad con el reglamento respectivo
Valores Morales y eticos
Promover la actualización y
capacitación
Nota:
A recibir indemnización por supresión del puesto o despido injustificado directo o
indirecto, equivalente a un mes de salario por cada año de servicios continuos y si los
servicios no alcanzaren a un año, o la parte proporcional al tiempo trabajado
Talleres y Charlas
Apoyar la organización de los
trabajadores educativos
Nota:
A recibir un subsidio familiar cuando las condiciones fiscales lo permitan de
conformidad con la ley respectiva