Convención de los Derechos del Niño,
artículo 19. Naciones Unidad. 1989
“Toda violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o
trato negligente, malos tratos o explotación, mientras el niño
se encuentre bajo la custodia de los padres, de un tutor o de
cualquier otra persona que le tenga a su cargo.
Código civil español, art. 172
“aquella situación que se produce por el incumplimiento,
el imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de
protección establecidos por las leyes para la guarda de
menores, cuando estos queden privados de la necesaria
asistencia material o moral”
Tipos de desprotección infantil
en función de la actuación de
los padres
Imposible
orfandad, prisión, enfermedad
o ingreso hospitalario
Incumplimiento
abandono total en manos de terceras personas, o
no, desentendiéndose de su compañía y cuidado por
completo; no reconocimiento por los padres
Inadecuado
maltrato físico y emocional;
abuso sexual, negligencia
factores para poder evaluar
la actuación de
padres/tutores