Artículos aplicables a las nóminas

Description

Fundamento legal para sueldos y salarios
Remigio Munguía Axel Uriel
Flashcards by Remigio Munguía Axel Uriel, updated more than 1 year ago
Remigio Munguía Axel Uriel
Created by Remigio Munguía Axel Uriel almost 6 years ago
15
0

Resource summary

Question Answer
Ley de Impuesto Sobre la Renta. (LISR) Art. 94. Ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado: *Salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.
Ley Federal del Trabajo. (LFT) Art. 20 Relación de trabajo: *Cualquier acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Contrato individual de trabajo: *Es aquel por el cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Ley Federal del Trabajo. (LFT) Art. 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Ley Federal del Trabajo. (LFT) Art. 39-A. En las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de ciento ochenta días, podrá establecerse un periodo a prueba, el cual no podrá exceder de treinta días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita...
Ley Federal del Trabajo. (LFT) Art. 39-B. Se entiende por relación de trabajo para capacitación inicial, aquella por virtud de la cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado...
Ley Federal del Trabajo. (LFT) Art. 84. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Show full summary Hide full summary

Similar

Artículos aplicables a las nóminas
Valeria Sama
Obligaciones Laborales
JANNETH GARCÍA
Administración de la Remuneración
Jose Tojin
Artículos aplicaciones a las nominas.
Erick Ordoñez
Articulos aplicables a las normas
Angel Linares Rojas
artículos aplicables a las nominas
betsaida gonzalez
Artículos aplicables a las Nóminas
Urbán Castillo Dámaris
Artículos aplicables a las nominas
Talavera Cano Montserrat
Artículos aplicables a las nóminas
Jorge Miravete
Artículos Aplicables a las Nomina
Jessica Romero Martínez
Artículos aplicables a las nominas
Dana Paola Gudiño Diaz