Question | Answer |
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUCIONES. ¿QUE ES UNA CONTRIBUCIÓN? | EN EL ARTICULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS NO ENCONTRAMOS UN CONCEPTO COMO TAL DE CONTRIBUCIÓN, YA QUE UNICAMENTE HACE ALUSIÓN A SU FUNDAMENTO Y RAZON DE SER, AL REFERIR QUE CONTRIBUIR ES UNA OBLIGACIÓN. |
¿QUE ES UN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL? | SON ELEMENTOS QUE CONTIENEN UN VALOR CONSIDERADO Y RECONOCIDO POR EL LEGISLADOR, Y SON ENTENDIDOS COMO LAS REFERENCIAS DE VALORES PROGRAMÁTICAS ENCARGADAS DE OPTIMIZAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. |
¿CUANTOS Y CUALES SON LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUCIONES? | SON SEIS LOS PRINCIPIOS: * PRINCIPIO DE GENERALIDAD. *PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD. *VINCULACIÓN AL GASTO PÚBLICO. *PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD. *PRINCIPIO DE EQUIDAD. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. |
PRINCIPIO DE GENERALIDAD. (SON OBLIGACIONES DE LOS MEXICANOS) | AL ESTABLECER DE MANERA GENERAL LAS OBLIGACIONES, LO QUE RESULTA SER UNO DE LOS ELEMENTOS PRINCIPALES DEL ACTO LEGISLATIVO, YA QUE UNA LEY ES GENERAL CUANDO TIENE APLICACIÓN A TODOS LOS INDIVIDUOS QUE SE COLOQUEN EN EL SUPUESTO NORMATIVO. |
PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD. (SON OBLIGACIONES) | LA CONTRIBUCIÓN A LOS GASTOS PÚBLICOS CONSTITUYE UNA OBLIGACIÓN DE CARÁCTER PÚBLICO QUE ENCUENTRA VINCULACIÓN DIRECTA CON LA COERCITIVIDAD CON LA QUE CUENTA EL FISCO; SE ENCUENTRA REITERADO EN EL ART 1° DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. |
VINCULACIÓN AL GASTO PÚBLICO. (CONTRIBUIR PARA LOS GASTOS PÚBLICOS) | EL GASTO PÚBLICO COMPRENDE TODAS AQUELLAS EROGACIONES DESTINADAS TANTO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, COMO AL DESARROLLO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL ESTADO. |
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD. (DE LA MANERA PROPORCIONAL) | A TRAVÉS DE ESTE PRINCIPIO SE DISTRIBUYEN LAS CARGAS TRIBUTARIAS, TOMANDO EN CONSIDERACION LA CAPACIDAD DE PAGO INDIVIDUAL DE LOS CONTRIBUYENTES, LO QUE IMPLICA QUE SEA EN PROPORCIÓN A SUS INGRESOS. |
PRINCIPIO DE EQUIDAD. (EQUITATIVA) | EL PLENO DE LA SCJN HA ESTABLECIDO QUE EN BASE A ESTE PRINCIPIO, LOS CONTRIBUYENTES DE UN IMPUESTO QUE SE ENCUENTRAN EN UNA MISMA HIPÓTESIS DE CAUSACIÓN, DEBEN GUARDAR UNA IDENTICA SITUACIÓN FRENTE A LA NORMA JURÍDICA QUE LO REGULA. |
PRINCIPIO DE LEGALIDAD. (QUE DISPONGAN LAS LEYES) | CONFORME A LA DIVISIÓN DE PODERES EL ACTO LEGISLATIVO ES FACULTAD DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, RAZÓN POR LA CUAL ÉL Y SÓLO ÉL PODRÁ EMITIR LEYES EN SENTIDO FORMAL Y MATERIAL. |
BIBLIOGRAFIA | TENORIO CRUZ , I. (s.f.). DERECHO FISCAL, CONCEPTOS CONSTITUCIONALES DE LA CONTRIBUCIÓN. Obtenido de https://www.tfja.gob.mx/investigaciones/historico/pdf/conceptosconstitucionales.pdf |
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