MANUAL DEL
USO DE LA
FUERZA, DE
APLICACIÓN
COMÚN A LAS
TRES FUERZAS
ARMADAS.
Capítulo I.
Concepto y
principios sobre
el Uso de la
Fuerza
Primera Sección:
Concepto de la
expresión Uso de la
Fuerza.
Es la utilización de técnicas, tácticas,
métodos y armamento, que realiza el
personal de las fuerzas armadas, para
controlar, repeler o neutralizar actos de
resistencia no agresiva, agresiva o agresiva
grave.
En términos de lo previsto en el
artículo 15 fracción IV, del Código Penal
Federal , se entenderá por legítima
defensa repeler una agresión real, actual
o inminente, y sin derecho, en protección
de la vida, bienes jurídicos propios o
ajenos, siempre que exista necesidad de la
defensa y racionalidad de los medios
empleados y no medie provocación dolosa
suficiente e inmediata por parte del
personal militar o de la persona a quien
se defiende.
Segunda Sección:
Concepto de la figura
de la Legítima
Defensa.
A. En términos de lo previsto en el
artículo 15 fracción IV, del Código Penal
Federal , se entenderá por legítima
defensa repeler una agresión real, actual
o inminente, y sin derecho, en protección
de la vida, bienes jurídicos propios o
ajenos, siempre que exista necesidad de
la defensa y racionalidad de los medios
empleados y no medie provocación dolosa
suficiente e inmediata por parte del
personal militar o de la persona a quien
se defiende.
B. Requisitos para
que se constituya la
legítima defensa.