Define Capital cultural como: El beneficio específico en el que los niños de distintas clases y fracciones sociales pueden obtener del mercado escolar.
Critica al economista (Pues deja escapar una de las más ocultas de las transmisiones educativas : La transmisión del capital cultural y social)
Definición funcionalista y economicista de las funciones de la educación.
Se le escapa la alquimia propiamente social por la que el capital económico se transforma en capital
simbólico, capital denegado o más bien desconocido
Estado incorporado
Disposiciones duraderas del organismo
Ligado al cuerpo, supone la incooporación
Inculcación y asimilación
Presupone la aparición del hábito
Consume tiempo
A través del tiempo necesario para la adquisición como se establece el vínculo entre el capital económico
y el capital cultural
Implica diferencias en la capacidad de satisfacer las exigencias propiamente culturales de una empresa
de adquis. prol.
No puede acumularse más allás de las capacidades de apropiación de un agente en particular; se debilita y
muere con su portador (con sus capcidades biológicas, su memoria, etc)
El capital cultural es transmisible en su MATERIALIDAD
Posee ciertas propiedades que lo definen en función de su forma incorporada
Es suficiente tener el capital económico para tener máquinas. Para apropiarselas y utilizarlas hay que
disponer del capital incorporado.
Así que a medida que se incrementa el capital cultural incorporado la fuerza colectiva de los propietarios del
capital cultural tendería a incrementarse.
Tiene sus propias leyes trascendentales en los individuos
Permanece irreductible ante lo que cada propietario puede obtener: El capital cultural incorporado
Estado institucionalizado
Confiere al capital cultural las propiedades totalmente orginales (Título escolar)
Confiere a su portador un valor convencional, constante y jurídicamente garantizado
Se instituye el capital cultural por la magia colectiva.
La magia del poder de instituir, EL PODER DE RECONOCER.
Se instituye a la vez, al grupo como constante, homogéneo, ¿difrente ? mediante la institución de una frontera jurídica
establece el valor relativo del capital cultural del portador de un determinado título, en relación a los otros
poseedores de títulos y también, de manera inseparable, establece el valor en dinero con el cual puede ser
cambiado en el mercado de trabajo.