Se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los
principios o normas de contabilidad generalmente
aceptados en Colombia
Se dividen en Cuatro Títulos
TÍTULO iI: DE LAS NORMAS
TÉCNICAS GENERALES
CAPÍTULO II: NORMAS TÉCNICAS
ESPECIFICAS
SECCIÓN I: NORMAS SOBRE
LOS ACTIVOS
SECCIÓN II: NORMAS
SOBRE LOS PASIVOS
SECCIÓN III: NORMAS
SOBRE EL PATRIMONIO
SECCIÓN IV: NORMAS SOBRE
LAS CUENTAS DE RESULTADOS
SECCIÓN V: NORMAS SOBRE LAS
CUENTAS DE ORDEN
SECCIÓN VI: OPERACIONES
DESCONTINUADAS Y EMPRESAS
EN LIQUIDACIÓN
CAPÍTULO I: DE LAS NORMAS
TÉCNICAS GENERALES
Regular el ciclo contable. El ciclo contable es el proceso que debe seguirse
para garantizar que todos los hechos económicos se reconocen y
transmiten correctamente a los usuarios de la información.
TÍTULO I: DE LOS PRINCIPIOS DE
CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
1. DE LOS PRINCIPIOS DE
CONTABILIDAD GENERALMENTE
ACEPTADOS
Conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser
observados al registrar e informar contablemente sobre los
asuntos y actividades de personas naturales o jurídicas.
2. OBJETIVOS Y CUALIDADES DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
Para que debe servir la información contable, y
que se requiere para cumplir los objetivos
3. NORMAS BÁSICAS
Se deben cumplir para que la información logre las cualidades
4.DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
SECCIÓN I: DE LOS ESTADOS
FINANCIEROS
Medio principal para suministrar información contable a
quienes no tienen acceso a los registros de un ente económico
SECCIÓN II: DE LOS ELEMENTOS
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Son elementos de los estados financieros, los activos,
los pasivos, el patrimonio, los ingresos, los costos, los
gastos, la corrección monetaria y las cuentas de orden.
TÍTULO III: DE LAS NORMAS SOBRE REGISTROS Y
LIBROS
Deben documentarse mediante soportes, de origen interno o externo, debidamente fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o
los elaboren. Los soportes deben adherirse a los comprobantes de contabilidad respectivos o, dejando constancia en estos de tal circunstancia,
conservarse archivados en orden cronológico y de tal manera que sea posible su verificación. Los soportes pueden conservarse en el idioma en
el cual se hayan otorgado, así como ser utilizados para registrar las operaciones en los libros auxiliares o de detalle.
TÍTULO IV: DISPOSICIONES
FINALES
Los principios de contabilidad generalmente aceptados priman y deben aplicarse por encima de cualquier otra norma. Sin embargo, deben revelarse las
discrepancias entre unas y otras. Cuando se utilice una base comprensiva de contabilidad distinta de los principios de contabilidad generalmente
aceptados, estos se aplicarán en forma supletiva en lo pertinente. Cuando normas distintas e incompatibles con los principios de contabilidad
generalmente aceptados exijan el registro contable de ciertos hechos, estos se harán en cuentas de orden fiscales o de control, según corresponda. Para
fines fiscales, cuando se presente incompatibilidad entre las presentes disposiciones y las de carácter tributario prevalecerán estas últimas.