En condiciones de libre comercio la curva de oferta
de exportaciones del extranjero es una recta
horizontal en el precio mundial PM y el equilibrio de
libre comercio se alcanza en el punto B con un nivel
de importaciones M1.
Al establecer una cuota de M2 < M1 la curva de oferta de
exportaciones, X es vertical y el equilibrio se alcanza en el
punto C. La cuota aumenta el precio de importación de PM
a P2. Se habría logrado el mismo efecto sobre precios y
cantidades si se hubiera empleado un arancel igual a t = P2
- PM en vez de la cuota.
Equilibrio de Libre Comercio
La curva de demanda de importaciones de nuestro país, M,
y la curva de oferta de exportaciones del extranjero, X*, se
cortan en el punto B, donde se alcanza el nivel de
importaciones de libre comercio M1.
El supuesto de que nuestro país es pequeño significa que el
precio mundial PM no varía por efecto de la cuota. Así, con
libre comercio, la curva de oferta de exportaciones del
extranjero, X*, es una recta horizontal en el precio mundial
PM.
Efecto de la Cuota
Para cada cuota existe un arancel de
importación equivalente, que generaría el
mismo precio y la misma cantidad de
importaciones.
La cuota provoca el aumento del
precio y la disminución de las
importaciones nacionales.
Efecto sobre el bienestar
El incremento del precio al que se
venden los productores nacionales
provoca un aumento del excedente
del productor
Las rentas asociadas a la diferencia entre
ambos precios, es decir, el área e, se
denominan rentas de la cuota.
Subasta de las
cuotas
Que los poderes públicos del
país importador subasten
las licencias.
Restricción “voluntaria”
de las exportaciones
Autorizar al Estado del país exportador a
implementar una cuota. Dado que el país
exportador reparte la cuota entre sus
propios productores
Búsqueda de rentas
El soborno o la formación de grupos de
presión para procurárselas. Este tipo de
actividades ineficientes, cuyo objetivo es la
obtención de las licencias, se denominan
comportamientos de búsqueda de rentas.
Dando la cuota a las
empresas nacionales
Licencias de cuota (es decir, autorizaciones
para importar la cantidad permitida por el
sistema de cuotas) que de esta manera podrán
importar al precio mundial PM y vender en el
mercado nacional al precio P2, percibiendo la
diferencia a título de rentas de la cuota.