Beneficios sociales de los empleados del sector privado y del sector público Ecuatoriano

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TRABAJO DE PLATAFORMA
LUZMILA MARGARITA TOAQUIZA CUCHIPE
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LUZMILA MARGARITA TOAQUIZA CUCHIPE
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Beneficios sociales de los empleados del sector privado y del sector público Ecuatoriano
  1. Los beneficios sociales se aplican en las empresas de tipo público y privado con el propósito de mantener a sus empleados satisfechos, los mismos que son considerados por los colaboradores como aspectos positivos para elegir una empresa donde laborar y donde les ofrecen mayores beneficios, ya que adicionales a los beneficios de ley se pueden agregar algunos adicionales.
    1. Dentro del Código de Trabajo se considera los beneficios sociales a lo que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho desde el momento que ingresa a formar parte de una empresa pública o privada
      1. De conformidad con lo expresado en el artículo No. 42 que establece las obligaciones del empleador y del trabajador lo que se originó como una necesidad de establecer mejoras para el sector productivo favoreciendo a la masa laboral que se requieren para garantizar el bienestar y buen vivir de la población.
      2. 11. Pago de Utilidades.
        1. La empresa privada paga utilidades a sus trabajadores. Donde la empresa reconocerá un beneficio a sus trabajadores del 15% de las utilidades líquidas.
        2. 10. Subsidio por Maternidad.
          1. La madre trabajadora tiene derecho al subsidio por maternidad.
          2. 9. Permiso por Maternidad.
            1. Tiene un descanso remunerado de 12 semanas. En caso de nacimientos multiple, este tiempo de extiende por 10 días más.
            2. 8. Permiso por Paternidad
              1. El permiso tiene una duración de 10 días, con remuneración normal, en caso de parto normal. En caso de cesárea o mellizos se extiendo por 5 días más. Cuando el niño nce prematuro se añaden 8 días. En caso de enfermedad degenerativa el plazo remunerado puede llegar a 25 días. Si la madre fallece, el padre hace uso de la totalidad o parte del período de la licencia
              2. 7. Pago de Jubilación Patronal.
                1. Se determina en función del número de años de servicio y el promedio de las remuneraciones de los ultimos 5 años, includos los décimos. Debe cumplir 25 años de trabajo con el mismo empleador en caso de tener entre 20 y 25 años solo recibe un valor proporcional.
                2. 6. Vacaciones
                  1. El trabajador tiene derecho a las vacaciones remuneradas al cumplir un año de trabajo con el mismo empleador. El pago de las remuneraciones, consiste en dividir la remuneración recibida durate todo el año para 24.
                  2. 5. Fondo de Reserva
                    1. Los Fondos de Reserva se pagan apartir del segundo año de trabajo, el empleador es quién paga este fondo a sus trabajadores, un equivalente al 8,33% del salario mensual
                    2. 4. Décimacuarta Remuneración.
                      1. Conocido como bono escolar es un beneficio y lo reciben los trabajadores bajo relación de dependencia, consiste en un sueldo básico unificado. Trabajadores de la Costa y Galapagos: (15 de marzo del 2019). Trabajadores de la Sierra y Oriente: (15 de Agosto del 2019)
                      2. 3. Décimatercera Remuneración.
                        1. También es conocido como bono navideño, reciben una remuneración referente a la doceava parte de las remuneraciones durante todo el año.
                        2. 2. Pago por horas extras y suplementarias
                          1. Jornada diurna
                            1. Horario de trabajo es desde las 6:00 a las 19:00 horas.
                            2. Jornada Nocturna.
                              1. Horario de trabajo de 19h00 a 06h00, con un recargo del 25%
                              2. H. Suplementarias.
                                1. Trabaja despues de la jornada ordinaria, tiene un recargo del 50%
                                2. Horas Extras.
                                  1. Cuando el empleado trabaja sabados, domingos y días feriados. Tiene un recargo del 100%
                                3. 1. Afiliación a la Seguridad Social.
                                  1. El trabajador debe ser afiliado desde el primer dia de trabajo, para recibir todos los beneficios sociales. Aporte patronal: 11,15% Aporte Personal:9,45%
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