El juicio ejecutivo mercantil se lleva a cabo mediante
términos mucho más cortos que el juicio ordinario
Títulos Ejecutivos
Jurisdiccionales
Sentencias ejecutoriadas.
Laudos arbitrales.
Confesión judicial del deudor respecto a la totalidad de la demanda.
No Jurisdiccionales
Títulos de
Crédito
Obligaciones
Unilaterales
Bilaterales
Pólizas de seguro
Decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro.
Art. 1391
C.Co.
Trámite del Juicio
Demanda
Título ejecutivo
Art. 1391 C.Co.
Auto admisorio
Requerimiento de pago
Embargo
Inicia con el requerimiento de pago
Se señalan bienes en caso de no hacer el
pago
Art. 1395 del C.Co.
Se lleva acabo de forma personal una vez admitida la demanda
Si no se encuentra, se dejará citatorio entre 6 y 72hrs
Si no, la diligencia se practicará con parientes o empleados domésticos
Emplazamiento
Se realiza una vez hecho el embargo
Cédula de orden de embargo
Copia de demanda
Copia de diligencia
Art. 1396 del
C.Co.
Contestación de demanda
8 días
Por escrito y con documentos para fundamentar excepciones
No hay reconvención
Allanarse o término de gracia
Art. 1405 del
C.Co.
Excepciones
Art. 1397 del C.Co.
Art. 1403 del C.Co.
Pruebas
Una vez que el actor
haya desahogado la
vista
Pruebas que cumplan requisitos de ley
15 días para el desahogo
Prórroga de 10 días
Siempre que se
solicite dentro del
ofrecimiento de
pruebas
Cuando la contraria
manifieste su
conformidad.
O se abstenga de oponerse
en un lapso de tres días.
Art. 1401 del
C.Co.
Termino extraordinario de prueba.
Si las pruebas no se pudieron desahogar en el
termino ordinario y de prórroga.
El juez puede señalar una audiencia dentro del
termino de 10 días siguientes
Vista al
actor
Debe darse vista al
actor por un
termino de tres
días
Para que manifieste lo
que a su derecho
convenga y ofrezca
pruebas
Alegatos
Una vez concluido el
termino de pruebas el
tribunal
Deberá abrir el periodo de alegatos el cual será de dos días
comunes a las partes
Art. 1406 del
C.Co.
Sentencia
Oír sentencia después de alegatos
Dentro de los 8 días después
Si se prueba acción deberá proceder el remate
Avalúo, 10 días siguientes
Anuncian la venta por medio de Edictos
Art. 1410 - 1411
C.Co.
Art. 1412
C.Co.
Apelación
Nueve días para interponer el recurso de
apelación contra sentencia definitiva, seis
días cuando se trate de interlocutoria o auto
de tramitación inmediata, y tres días para
apelar preventivamente la sentencia
interlocutoria o auto de tramitación conjunta
con la definitiva