El juicio ejecutivo mercantil se lleva a cabo mediante términos mucho más cortos que el
juicio ordinario
Títulos Ejecutivos
Jurisdiccionales
Sentencias ejecutoriadas.
Laudos arbitrales.
Confesión judicial del deudor respecto a la totalidad de la demanda.
No Jurisdiccionales
Títulos de Crédito
Obligaciones
Unilaterales
Bilaterales
Pólizas de seguro
Decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro.
Art. 1391 C.Co.
Trámite del
Juicio
Demanda
Título ejecutivo
Art. 1391 C.Co.
Auto admisorio
Requerimiento de pago
Embargo
Inicia con el requerimiento de pago
Se señalan bienes en caso de no hacer
el pago
Art. 1395 del C.Co.
Se lleva acabo de forma personal una vez admitida la demanda
Si no se encuentra, se dejará citatorio entre 6 y 72hrs
Si no, la diligencia se practicará con parientes o empleados domésticos
Emplazamiento
Se realiza una vez hecho el embargo
Cédula de orden de embargo
Copia de demanda
Copia de diligencia
Art. 1396 del C.Co.
Contestación de demanda
8 días
Por escrito y con documentos para fundamentar excepciones
No hay reconvención
Allanarse o término de gracia
Art. 1405 del C.Co.
Excepciones
Art. 1397 del C.Co.
Art. 1403 del C.Co.
Pruebas
Una vez que el actor haya desahogado la vista
Pruebas que cumplan requisitos de ley
15 días para el desahogo
Prórroga de 10 días
Siempre que se solicite dentro del ofrecimiento de pruebas
Cuando la contraria manifieste su conformidad.
O se abstenga de oponerse en un lapso de tres días.
Art. 1401 del C.Co.
Termino extraordinario de prueba.
Si las pruebas no se pudieron desahogar en el termino ordinario y de prórroga.
El juez puede señalar una audiencia dentro del termino de 10 días siguientes
Vista al actor
Debe darse vista al actor por un termino de tres días
Para que manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas
Alegatos
Una vez concluido el termino de pruebas el
tribunal
Deberá abrir el periodo de alegatos el cual será de dos días
comunes a las partes
Art. 1406 del C.Co.
Sentencia
Oír sentencia después de alegatos
Dentro de los 8 días después
Si se prueba acción deberá proceder el remate
Avalúo, 10 días siguientes
Anuncian la venta por medio de Edictos
Art. 1410 - 1411 C.Co.
Art. 1412 C.Co.
Apelación
Nueve días para interponer el recurso de apelación contra
sentencia definitiva, seis días cuando se trate de interlocutoria
o auto de tramitación inmediata, y tres días para apelar
preventivamente la sentencia interlocutoria o auto de
tramitación conjunta con la definitiva