TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

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Eneida Varon Lopez
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TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
  1. Empecemor por definir
    1. Contrato
      1. Definido como
        1. Un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lícita, objeto lícito), concurran los elementos esenciales de que trata el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo
    2. Para que haya contrato
      1. Debemos tener en cuenta
        1. La actividad personal del trabajador,
          1. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleado
            1. Un salario como retribución del servicio.
          2. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
            1. Puede decirse que
              1. Todo contrato de trabajo es susceptible de ser terminado, sea con justa causa o sin ella, y trátese de un contrato de trabajo a término fijo o a término indefinido.
                1. El Celador, Juan Carlos
                  1. Fue despedido por
                    1. Terminación Unilateral sin justa causa
                      1. Esto implica que
                        1. Cuando el empleador da por terminado el contrato de trabajo, motivado en una causal diferente a las denominadas justas causas, habrá lugar al pago al trabajador, de la indemnización de que trata el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo
                          1. En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará
                            1. Así
                              1. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción Num. 2- CST
                2. ELEMENTOS A LIQUIDAR EN UN CONTRATO
                  1. He aquí que
                    1. Todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
                      1. Tenemos que
                        1. Cesantías. · Intereses de las cesantías.
                          1. Prima de servicios, por · cualquier tiempo laborado.
                            1. Vacaciones, por cualquier · tiempo laborado.
                              1. Indemnización, por contrato a termino fijo (El valor de los salarios que falten para la terminación del contrato)
                                1. Indemnización, por contrato a término indefinido (Para salarios inferiores a 10 smmlv: 30 días por el primer año y 20 días por cada año siguiente o proporción.
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