SEGÚN EL ARTÍCULO 75 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SE CLASIFICAN EN
ACTOS ABSOLUTAMENTE
COMERCIALES
SON
CHEQUES
LETRAS DE CAMBIO
ACTOS RELATIVAMENTE COMERCIALES
ARRENDAMIENTOS
ACTOS QUE
DIMANAN EMPRESAS
EDITORIALES Y FOTOGRAFÍAS
ACTOS ACCESORIO O CONEXOS A OTROS
MERCANTILES
DEPOSITOS POR CAUSA DE COMERCIO
CARACTERISTICAS
TENER CAPACIDAD
PARA EJERCER EL
COMERCIO
HACE CIRCULAR LAS
RIQUESAS
SE EJERCITA
HABITUALMENTE
PROPÓSITO DE OBTENER
LUCRO
Un acto de comercio será aquella acción que un individuo o empresa lleva a cabo y
por la cual concreta la compra de un bien, un producto, o en su defecto, la
adquisición de los derechos de los mencionados, a partir del pago de una suma de
dinero acordada con quien vende, que será hasta ese momento el dueño o poseedor
de los derechos del bien en cuestión.