El objetivo de está ley es determinar el marco conceptual que
regula la economía solidaria.
En la economía solidaria se
denomina al sistema
Socieconómico
Cultural
Ambiental
Están conformadas por asociativas identificadas sin
ánimo de lucro para el desarrollo integral del ser
humano.
TIPOS DE ORGANIZACIONES
Precooperativas
Cooperativas( integrales
multiactivas y funcionales)
Instituciones auxiliares de la
economía solidaria
Fondos de empleados
Asociaciones
mutualistas
Empresas solidarias de salud
Empresas comunitarias
Organismo de segundo y tercer grado
que agrupen cooperativas u otras
formas asociativas y solidarias de
propiedad
Empresas de servicio en las
formas de administración
públicas cooperativas
Cooperativas de trabajo asociado
Mejorando el desarrollo integral del ser
humano como sujeto , actor y fin en la
economía.
PRINCIPIOS
1-El ser humano , su trabajo tiene primicía sobre
los medios de producción
2-Espíritu de solidaridad,
cooperación,participación
y ayuda mutua
3-Administración
democrática,participativa,
autogestionaria y emprendedora
4-Adhesión
voluntaria,responsable y abierta
5-Propiedad asociativo y solidaria
sobre los medios de producción
6-Participación económica de
los asociados, en justicia y
equidad
7- Formación e información
para sus miembros,de manera
permanente, oportuna y
progresiva
8-Autonomía ,
autodeterminación y
autogobierno
9-Servicio a la
comunidad
10-Integración con otras
organizaciones del mismo
sector
11- Promoción de la cultura
ecológica
FINES
1) Promover el desarrollo integral del ser
humano
2) Generar prácticas que consoliden vivencias de
pensamiento solidaria, creativo y emprendedor.
3) Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento
de la democracia participativa
4) Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y
proyectos de desarrollo económico y social
5) Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el
trabajo, la propiedad , la información, la gestión y la distribución equitativa de
beneficios sin discriminación alguna