Regula la relación entre los sujetos
particulares de diferentes Estados.
Se encarga de favorecer los intereses
individuales, sin ningún tipo de relación
con el Estado.
Los problemas del Derecho privado interesan
a los particulares, se resuelven con ayuda del
Estado pero sin influir completamente en el
Derecho privado.
Los asuntos y problemas jurídicos se
resuelven mediante los órganos judiciales
que se rigen entre los Estados.
DERECHO
INTERNACIONAL
PÚBLICO.
Regula las relaciones entre los Estados.
Los asuntos y problemas jurídicos se
resuelven mediante tratados, convenios,
etc.
Se encarga de favorecer los intereses
colectivos y del Estado.
Los problemas del Derecho público
interesan a los gobernantes, estos se
encargan de resolverlos.
DERECHO INTERNO.
Es un conjunto de normas que regulan las relaciones que
existen entre los sujetos particulares con relación al Estado.
Es el producto o resultado de la voluntad unilateral de un
legislador.
Su poder de coacción se da
en:
Tribunales.
ÓRganos ejecutivos
Resolver conflictos
entre individuos.
Su aplicabilidad se limita a los territorios del Estado, no puede
ser aplicada fuera de este
Se presenta como un derecho de subordinación, siempre está
sujeto a otras circunstancias.