Es un conjunto de 27 Estados (01/02/2020 Brexit) que
mantienen entre sí especiales relaciones económicas
y políticas de cooperación e integración.
Antecedentes: En el s.XX la propuesta para la creación surgió del Ministro
de Exteriores francés, Robert Schuman, que se hizo realidad en 1951 con la
conclusión de París del Primer Tratado Europeo (9/05/1950)
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del
Acero CECA vigor 1952: objetivo creación de un mercado nacional
de libre competencia y circulación de estos productos.
En 1957 se firman los Tratados de Roma: El Tratado
constitutivo de Comunidad Económica Europea (CEE):
Objetivo era la creación de una Unión Aduanera que
garantizase la libre circulación de mercancias, personas...
El Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica EURATOM.
Las 3 Comunidades CECA, CEE, EURATOM se fusionaron con el Tratado
de fusión o Tratado de Bruselas firmado en 1965 en vigor en 1967
El ACTA ÚNICA EUROPEA: firmada en 1986 en Luxemburgo por 9
países y en la Haya por los 3 restantes, en vigor 1987. Introduce
adaptaciones necesarias para completar el mercado interior
La UE nació formalmente en 1992 con la firma del Tratado de la UE (TUE) o
Tratado de Maastricht en vigor en 1993. Preparar la Unión monetaria
Europea y establece una nueva estructura institucional compuesta por 3
pilares. La CEE pasa a denominarse CE Comunidad Europea
En 1997 se firma el Tratado de Ámsterdam (vigor 1999) modifica
la TUE. Tratados constitutivos de las comunidades Europeas y
determinados actos conexos
2001 Tratado de Niza en vigor 2003 objetivo prepara
a la UE para la ampliación
2007 Tratado de Lisboa fue aprobado por el Consejo Europeo informal
y firmado por los Jefes de Estado y Gob, ratificado posteriormente por
los 27 Estados que integraban la UE en vigor 2009. Sustituye la fallida
Constitución Europea y modifica la TUE y el Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea; pasa a denominarse Tratado de Funcionamiento
de la UE (TFUE). Teniendo ambos tratados el mismo valor jurídico. La
UE sustituye a la CE a la que sucede y se le reconoce personalidad
jurídica única
EL DERECHO DE LA UE
Ordenamiento jurídico propio
independiente de los
ordenamientos nacionales.
Aplicabilidad Directa de sus
disposiciones en todos los
Estados Miembros
Su Primacía: No puede ser
derogado ni modificado por
la legislación nacional
Fuentes del Derecho
de la Unión
Derecho Originario o Primario
Derecho Derivado o Secundario
Derecho Subsidiario: formado por los principios generales
del Derecho de la UE; (fuentes no escritas). Jurisprudencia
del Tribunal de Justicia UE y el Derecho Internacional
Derecho Primario: Formado por los Tratados constitutivos. Protocolos y
Anexos así como sus complementos y modificación posteriores y por
los Tratados de Adhesión de los Estados Miembros
Derecho Secundario: Es el creado por las Instituciones
de la UE en el ejercicio de sus competencias.
REGLAMENTOS: Acto normativo de alcance
general, obligatorio en todos sus elementos y
directamente aplicable a cada Estado miembro
DIRECTIVA: Acto normativo que puede ir dirigido a uno, varios o todos los Estados
Miembros y cuya obligacion alcanza sólo a los resultados propuestos dejando
libertad a las autoridades nacionales la elección de la forma y método para
lograrlos. Sus destinatarios tienen la obligación de transponerla
DECISIÓN: Norma que aplican loas Instituciones de la Unión para regular
decisiones concretas. Es obligatoria en todos sus elementos. Cuando designe
destinatarios, sólo será obligatoria para estos. Sus destinatarios pueden ser
Estados miembros o personas físicas o jurídicas.
RECOMENDACIONES: Actos NO vinculantes que permiten a las
Instituciones sugerir a sus destinatarios una línea de actuación
sin obligarlos jurídicamente a adoptarlos
DICTÁMENES: Acto NO vinculantes que emiten
las Instituciones cuando se trata de evaluar la
situación actual o determina procesos en la
Unión o los Estados Miembros