Culminará la organización judicial en le
ámbito territorial de aquella, sin perjuicio de
la jurisdicción que corresponde al TS
Tomará el nombre de la CA y
extenderá su jurisdicción al
ámbito territorial de ésta
Estará INTEGRADO por las sig salas, De lo
Civil y Penal, De lo C-A, De lo Social
Se COMPONDRÁ de un Pte, también de su sala de lo Civil y
Penal, que tendrá consideración de Mag del TS; Ptes de Sala;
Mag que determine por la ley para cada una de las salas y
secciones que puedan crearse dentro de ellas
DE LA SALA
CIVIL Y PENAL
COMO SALA DE
LO CIVIL
RECURSO DE CASACIÓN que establezca la ley contra resolución de órganos
judiciales del orden civil con sede en la CA siempre que el recurso se funde
en infracción de normas del derecho civil, foral o especial y cuando el
correspondiente Estatuto de Autonomía hay previsto esta atribución
Del RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN que
establezca la ley (mismas condiciones apartado anterior)
De las funciones de apoyo y control del ARBITRAJE que se establezcan en la ley. De
las peticiones de EXEQUATUR de laudos o resoluciones arbitrales extranjeras salvo
que con arreglo a lo acordado en los Tratados o las normas de la UE correspondan
su conocimiento a otro Juzgado o Tribunales
En única instancia, de las DEMANDAS DE RESPONSABILIDAD civil dirigidas
contra el Pte y miembros del Consejo de Gob CA y miembros de la Asamblea
legislativa cuando la atribución no corresponda al TS conforme a los Estatutos
En única instancia, de las DEMANDAS DE RESPONSABILIDAD civil por
hechos cometidos en el ejercicio de su cargo contra todos o la mayor
parte de los Mag de una una AP o cualquiera de sus secciones
CUESTIONES DE COMPETENCIA entre órganos judiciales del orden
civil con sede en la CA que no tengan otro superior común
COMO SALA DE
LO PENAL
El conocimiento de las CAUSAS PENALES que los Estatutos de Autonomía tengan reservadas a los TSJ; La
INSTRUCCIÓN Y EL FALLO de las causas penales contra jueces, magistrados y miembros del MF por
delitos o delitos leves cometidos en el ejercicio de su cargo en la CA, siempre que esta atribución no
corresponda al TS; RECURSOS DE APELACIÓN contra las resoluciones dictadas en 1ª instancia por las AP y
todos aquellos previstos en las leyes.; CUESTIONES DE DE COMPETENCIA entre órganos judiciales del
orden penal con sede en la CA que no tengan otro superior común; De los procd de DECOMISO
AUTÓNOMO por los delitos para cuyo conocimiento sean competente
Para la instrucción de las causas se designará de entre los miembros
de la sala, conforme a un turno preestablecido, 1 INSTRUCTOR que
no formará parte de la misma para enjuiciarlas.
CUESTIONES DE COMPETENCIAS entre Juzgados de
Menores de distintas provincias de la CA
Cuando el Nº de casos lo aconseje podrán crearse 1 o + SECCIONES e incluso sala
de lo penal con su propia circunscripción territorial en aquellas capitales que ya
sean sedes de otras salas del TSJ. Para conocer de RECURSOS DE APELACIÓN letra
a apt 3 art 73 LOPJ y aquellas otras apelaciones atribuidas por las leyes al TSJ
Los nombramientos de Mag de estas secciones o
salas a propuesta del CGPJ, recaerá en aquellos
Mag que tengan mejor puesto en el escalafón