LOPJ: el MF tiene por misión PROMOVER la acción de la justicia en
defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadano sy del interés
público tutelado por la ley de oficio o a petición de los interesados. Así
como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos
la satisfacción del interés social
La ley de la JURISDICCIÓN VOLUNTARIA establece que el MF intervendrá en estos exp
cuando afecten al estado civil o condición de la persona o esté comprometido el
interés de un menor o una persona con capacidad modificada judicialmente y
aquellos otros casos en que la ley expresamente así lo declare
Conforme al ESTATUTO ORGÁNICO DEL MF le corresponde tomar parte, en los procesos relativos al estado civil como
intervenir en los procesos civiles que determine la ley cuando este comprometido el interés social o pueda afectar a
personas menores, incapaces o desvalidas en tanto se provee de los mecanismos ordinarios de representación
Intervienen directamente en los procesos civiles cuya competencia esté atribuida a los Juzgados de VSM
ABOGADO DEL ESTADO
La REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DEL ESTADO y sus órganos autónomos
y Constitucionales; integrados en el servicio jurídico del Estado
Representación y defensa de las Entidades Gestoras, servicios comunes y otros órganos o
entidades públicas que integran LA ADM DE LA SS sin incluir la de las mutuas
colaboradoras de la SS. Letrados de la ADM SS integrados en el servicio jurídico de la Adm
de la SS sin perjuicio que se determine a un abogado colegiado designado al efecto
Representación y defensa de las CG del Congreso, del Senado, de la Junta Electoral Central y órgano se
instituciones vinculados o dependientes, Letrados de las CG integrados en las SECRETARÍAS GENERALES
RESPECTIVAS. Representación y defensa de las CAA y de los entes locales, Letrados que sirvan en los servicios
jurídicos de dichas ADM públicas, salvo que designen abogados colegiados que les represente y defienda