En CADA CCAA EXISTIRA UN AJT dependiente del Pte del TSJ
quien podrá delegar la competencia en el Pte de la AP o Juez
Decano del partido judicial donde radique
En los distintos AJT se ordenará la DOC REMITIDA POR LOS RESPONSABLES DE LOS
AJG comprendidos en su ámbito de tal modo que permita su rápida identificación
y recuperación debiendo permanecer en aquellos hasta que la Junta de Expurgo
resuelva su posterior destino
ORDENACIÓN, CUSTODIA
Y CONSERVACIÓN
El LAJ designado de conformidad con lo dispuesto en los apt sig será el
encargado, para cuya función contará con la asistencia del personal
que se determine al efecto
En aquellas capitales de provincia que cuenten conjuntamente con 10
+ de 1ª Instancia y de Instrucción y las necesidades del servicio así lo
aconsejen, los AJT que en ellas tengan su sede estarán a cargo de los
LAJ de la 2ª categoría designado por el Ministerio de Justicia para
desempeñar en este destino supuesto de trabajo
En los RESTANTES PUESTOS el responsable del AJT será el LAJ de Gob
del TSJ o LAJ del órgano en cuyo titular el Pte del TSJ hubiera
delegado la competencia sobre el archivo con arreglo art 8.1
CENTRAL
EXISTIRÁ UN AJC ADSCRITO A LA SALA DE GOB DE TS cuyo ámbito
se circunscribirá a la doc judicial del TS, AN y de los restantes
órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional
AJC se ORDENARÁ LA DOC REMITIDA por los responsables de los AJG
COMPRENDIDOS EN SU ÁMBITO de tal modo que permita su rápida
identificación y recuperación debiendo permanecer en aquellos hasta
que proceda su remisión a la Junta de Expurgo
ORDENACIÓN, CUSTODIA
Y CONSERVACIÓN
EL LAJ ESPECIALMENTE DESIGNADO POR EL MINISTERIO
DE JUSTICIA será el encargado, para lo cual contará, en
su caso, con la asistencia y asesoramiento del personal
técnico que se determine al efecto
EN DEFECTO de nombramiento de LAJ, el responsable
del AJC será el LAJ DE GOBIERNO DEL TS
ACCESO A LA
DOCUMENTACIÓN DEL
AJT O AJC
ACCESO
sujeto art 7.2
La documentación conservada en los AJT y en el AJC estará en todo
momento A DISPOSICIÓN DEL ÓRGANO JUDICIAL AL QUE PERTENEZCA
EL ÓRGANO JUDICIAL de donde proceda el doc mediante solicitud de su
secretario, podrá REQUERIR DEL AJT O AJC que le sea facilitado su
original, una copia o certificación expedida por el responsable del
archivo o cualquier información que considere necesaria
Si se facilitasen ORIGINALES DE DOC éstos habrán de ser reenviados al
AJT o AJC en cuanto desaparezca la causa que motivo la petición
De conformidad con lo dispuesto art 235 LOPJ quienes HUBIERAN SIDO
PARTE en los procesos judiciales o sean TITULARES DE UN INTERÉS
LEGÍTIMO podrán acceder a los doc judiciales que se encuentren en los
AJT Y AJC mediante solicitud al LAJ responsable, quien facilitará a los
interesados al acceso a los doc judiciales, en la forma y con los requisitos
establecidos en le Cap I, T I del Reglamento 5/1995 7 jun CGPJ
actualmente Reglamento 1/2005 15 sept
En caso de que el LAJ denegase el acceso a los doc EL
ACUERDO DENEGATORIO SERÁ REVISABLE POR EL JUEZ O
PTE del órgano judicial que corresponda la doc
Si la solicitud ya VINIESE AUTORIZADA POR EL ÓRGANO JUDICIAL al que
corresponda la doc archivada, el encargado del AJT o AJC se limitará a
facilitar la exhibición o la entrega del testimonio o certificación autorizada
REMISIÓN DE DOCUMENTOS
JUDICIALES Y RELACIONES
DOCUMENTALES
LA REMISIÓN de las doc que se hallen en el AJG al correspondiente AJT O
AJC se formalizará PERIÓDICAMENTE COMO MÍNIMO CON CARÁCTER
ANUAL, en función del volumen de gestión de cada archivo e irá
ACOMPAÑADA necesariamente DE UNA RELACIÓN de los procedimientos o
actuaciones judiciales en los que se integran con arreglo a un modelo
uniforme y obligatorio aprobado por la Adm Pública competente
LA RELACIÓN se remitirá mediante los programas y aplicación informática
existentes y deberá CONSERVAR cada LAJ COPIA de aquellas con expresión
de la fecha de envío al AJT o AJC y acreditación de su recepción
LA RELACIÓN COMPRENDERÁ la totalidad de los
procedimientos y actuaciones procesales que se
remitan y hará referencia como mínimo
1 Proceso o actuación judicial al que corresponda
2 Orden Jurisdiccional en que se hubiesen sustanciado
3 Naturaleza del proceso o actuación procesal
4 Su nº y año
5 Las partes intervinientes
6 Sucinta referencia a su Objeto
7 Fecha en que se produjo la terminación o
paralización de las actuaciones procesales