Acuerdo de los términos del Encargo de
Auditoría - Enrique Velásquez Álvarez
Alcance
Trata de las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la
dirección y/o con los responsables del gobierno de la entidad, incluyendo determinar si concurren ciertas
condiciones previas a la auditoría cuya responsabilidad corresponde a la dirección.
Se relaciona con NIA 220
Aspectos relacionados con la aceptación del encargo
que se encuentran bajo control del auditor.
Las responsabilidades del auditor con respecto a los requerimientos
de ética en el contexto de la aceptación de un encargo de auditoría,
y en la medida en que se encuentren bajo el control del auditor
Control de calidad de la
auditoría de estados
financieros
GUIA
Trata de las cuestiones que están bajo control de la entidad y
sobre las que es necesario que el auditor y la dirección de la
entidad alcancen un acuerdo.
Los encargos que proporcionan un grado de seguridad, podrán aceptarse
cuando cumplan los requerimientos de ética, como la independencia y la
competencia profesional, y cuando el encargo presente determinadas
características.
Objetivo
Aceptar o continuar con un encargo de
auditoría únicamente cuando se haya
acordado la premisa sobre la que la
auditoría se va a realizar
Determinación de las condiciones
previas a una auditoría
Confirmación de que existe una
comprensión común por parte del
auditor y de la dirección acerca de
los términos del encargo de
auditoría.
Definiciones
Condiciones previas a la auditoría
Uso de un marco de información financiera aceptable para la
preparación de los estados financieros y conformidad con la premisa
sobre la que se realiza una auditoría.
Se relaciona con NIA 200
Objetivos globales del auditor independiente y
realización de la auditoría de conformidad con las
Normas Internacionales de Auditoría,
Requerimientos
Condiciones previas a la auditoría
Para determinar si concurren las
condiciones previas a la auditoría
Determinar si el marco de información
financiera que se utilizará para la preparación
de los estados financieros es aceptable
GUIA
Criterios de
Referencia
Los criterios a los que se refiere la definición de encargo que
proporcionan un grado de seguridad sean adecuados y
accesibles para los usuarios a quienes se destina el informe
Los criterios son las referencias utilizadas para evaluar o medir
la materia objeto de análisis, incluidas, en su caso, las
referencias para la presentación y revelación de la información.
La aplicación de criterios adecuados permite una evaluación o
medición de la materia objeto de análisis razonablemente
congruente en el contexto de la aplicación del juicio profesional.
Factores relevantes para la
aceptación
la naturaleza de la entidad
el objetivo de los estados financieros
la naturaleza de los estados financieros
si las disposiciones legales o reglamentarias prescriben el
marco de información financiera aplicable
Estados financieros preparados de conformidad con un marco de
información financiera diseñado para satisfacer las necesidades de
información
estados financieros con fines específicos.
Se relaciona
Consideraciones especiales – Auditorías de
estados financieros preparados de
conformidad con un marco de
información con fines específicos NIA 800
estados financieros con fines generales
aceptabilidad de los marcos de
información con fines generales.
Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF)
Normas Internacionales de
Contabilidad para el Sector Público
(NICSP)
Principios contables
Obtener confirmación de la dirección de que
reconoce y comprende su responsabilidad
Preparación de los estados financieros de conformidad con
el marco de información financiera aplicable
Control interno que considere necesario
para permitir la preparación de estados financieros
libres de incorrección material, debida a fraude o error
Necesidad de proporcionar al auditor
Acceso a información de la que tenga
conocimiento que sea relevante para la
preparación de los estados financieros, tal
como registros, documentación y otro material
Información adicional que pueda solicitar el
auditor para los fines de la auditoría
Acceso ilimitado a las personas de la entidad
de las cuales el auditor considere necesario
obtener evidencia de auditoría
Limitación al alcance de la auditoría
antes de la aceptación del encargo de
auditoría
el auditor no aceptará dicho encargo con
limitaciones como encargo de auditoría, salvo que
esté obligado a ello por las disposiciones legales o
reglamentarias.
Otros factores que afectan a la
aceptación de un encargo de auditoría
no es aceptable el marco de información financiera
que se utilizará para la preparación de los estados
financieros
no se ha alcanzado el acuerdo
de información adicional
Acuerdo de los términos del
encargo de auditoría
El auditor acordará los términos del encargo de
auditoría con la dirección o con los responsables del
gobierno de la entidad, según corresponda
GUIA
La función de acordar los términos del encargo de
auditoría de la entidad depende de la estructura de
gobierno de la entidad y de las disposiciones legales o
reglamentarias aplicables.
los términos del encargo de auditoría
acordados se harán constar en una carta
de encargo u otra forma adecuada de
acuerdo escrito
Objetivo y el alcance de
la auditoría de los
estados financieros
Responsabilidades
del auditor
Responsabilidades de la dirección
Identificación del marco de información
financiera aplicable para la preparación de los
estados financieros
Referencia a la estructura y contenido que se espera de
cualquier informe emitido por el auditor y una declaración
de que pueden que el informe difiera de lo esperado
GUIA
El envío de una carta de encargo antes del comienzo de la auditoría resulta
conveniente tanto para los intereses de la entidad como para los del auditor, con el
fin de evitar malentendidos con respecto a la auditoría.
Auditorías
recurrentes
Se valorará si se requiere la revisión de los términos del
encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad
los términos existentes del encargo de auditoría
GUIA
Factores pueden hacer que resulte adecuado
revisar los términos del encargo de auditoría o
recordar a la entidad los términos vigentes
Indicio de que la entidad interpreta erróneamente
el objetivo y el alcance de la auditoría
Término modificado o especial del
encargo de auditoría
Cambio reciente en la alta dirección.
Cambio significativo en la propiedad.
Cambio significativo en la naturaleza o
dimensión de la actividad de la entidad
cambio en los requerimientos
legales o reglamentarios.
cambio en el marco de información
financiera adoptado
cambio en otros requerimientos
de información
Aceptación de una
modificación de los términos
del encargo de auditoría
No se aceptará una modificación de los
términos del encargo de auditoría si no existe
una justificación razonable
Si no se llegara a aceptar un cambio y no
se permita continuar
Se renunciará al
encargo de auditoría
Se determinará si existe alguna obligación,
contractual o de otro tipo, de informar de
las circunstancias a otras partes
Puede no considerarse razonable una modificación cuando
parezca estar relacionada con información incorrecta,
incompleta o insatisfactoria por cualquier otra causa.
Si, antes de finalizar el encargo de auditoría, se solicita al
auditor que convierta el encargo de auditoría en un encargo
que ofrezca un menor grado de seguridad, el auditor
determinará si existe una justificación razonable para ello
Si se cambian los términos, acordarán y harán constar los
nuevos términos del encargo en una carta de encargo u
otra forma adecuada de acuerdo escrito.
Consideraciones adicionales
relacionadas con la aceptación del
encargo
Normas de información financiera
complementadas por las disposiciones
legales o reglamentarias
Complementan las normas de información financiera establecidas por un
organismo emisor de normas autorizado o reconocido, el auditor
determinará si hay algún conflicto entre las normas de información
financiera y los requerimientos adicionales
Los requerimientos adicionales pueden cumplirse mediante revelaciones de
información adicionales en los estados financieros
Se relaciona con NIA 705
Opinión modificada en el informe emitido por
un auditor independiente
La descripción del marco de información financiera aplicable realizada en los estados
financieros puede modificarse en consecuencia.
GUIA
El marco de información financiera
aplicable a efectos de aplicar las NIA
abarca tanto el marco de información
financiera identificado como los
requerimientos adicionales, siempre y
cuando éstos no entren en conflicto con
este último marco de información
financiera.
Marco de información financiera prescrito por las
disposiciones legales o reglamentarias:otras cuestiones
que afectan a la aceptación.
sería inaceptable si no estuviera previsto
por dichas disposiciones, el auditor
aceptará el encargo de auditoría sólo si
Aceptación de revelar la información adicional en
los estados financieros que sea necesaria para
evitar que éstos induzcan a error
Si no se dan las condiciones
Se evalúa en el informe de auditoría, el
efecto de estados financieros que inducen a
error
Se incluirá una referencia adecuada a
esta cuestión en los términos del encargo
de auditoría
En los términos del encargo de
auditoría se disponga
El informe incluya un párrafo de énfasis para
llamar la atención de los usuarios sobre las
revelaciones de información adicionales
No incluya la frase de imagen fiel
Informe de auditoría prescrito
por las disposiciones legales o
reglamentarias
Se evaluará si los usuarios
podrían interpretar
erróneamente la seguridad
obtenida de la auditoría de los
estados financieros
una explicación adicional en el informe de auditoría
podría mitigar la posible interpretación errónea