regular la profesión de Tecnólogo
en Regencia de Farmacia,
reglamentos que expidan las
autoridades públicas,
Artículo 2
desarrollar tareas de apoyo y colaboración en la
prestación del servicio farmacéutico, en la
presente ley,con los reglamentos que dicte el
Gobierno Nacional.
a) Tecnólogo en Regencia de
Farmacia de conformidad con
lo previsto en el artículo 9°.
de la presente ley;
b)Nacionales o extranjeros
que obtengan el título de
Tecnólogo en Regencia de
Farmacia con convenios sobre,
títulos en los respectivos
tratados.
Artículo 3°
Tecnólogo en Regencia de
Farmacia podrá desempeñar las
siguientes actividades de
carácter técnico:
a)- Dirige los distribuidores minoristas que integran el Sistema de Seguridad Social en Salud, la distribución
y dispensación de los medicamentos, insumos en primer nivel complejidad, ambulatoria u hospitalaria. -
b) Guía a instituciones prestadoras de salud de primer nivel de atención, bien sea ambulatoria u
hospitalaria. - c) Guía a distribuidores mayoristas de productos alopáticos, homeopáticos, veterinarios,
preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales, preparados magistrales para la salud. - d)
Colaborar, al Químico Farmacéutico, al desarrollo de producción básicas de suministro de medicamentos y
demás insumos de la salud, orientados en prestadoras de servicio de segundo y tercer nivel.-
e)- Apoyar bajo la dirección del Químico Farmacéutico, al desarrollo de
actividades del servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad. -
f) La inspección y vigilancia de los establecimientos farmacéuticos
distribuidores desarrollarán dichas actividades con personal que
ostente el título de Regente de Farmacia. - g) Participar en actividades
de mercadeo y venta de productos farmacéuticos.
¿cuándo el Regente de Farmacia puede
ejercer acciones de dirección y cuándo de
apoyo y en qué niveles de atención?
-La inspección y vigilancia de los establecimientos farmacéuticos distribuidores
desarrollarán dichas actividades con personal que ostente el título de Regente de
Farmacia; Dirige a distribuidores que integran el sistema de seguridad social en
salud ,su distribución y dispensación de medicamentos ,insumos en primer nivel
de complejidad ,ambulatorio u hospitalaria. -Colaborar, al Químico Farmacéutico,
al desarrollo de producción básicas de suministro de medicamentos y demás
insumos de la salud, orientados en prestadoras de servicio de segundo y tercer
nivel.
2. Según el decreto 780, capítulo 10,
Droguerías y Servicio Farmacéutico,
¿cuál es el objeto de ese capítulo?
¿Qué es la gestión de un servicio
farmacéutico? Qué es un servicio
farmacéutico, ¿cuáles son las
formas de prestación de un servicio
farmacéutico? ¿Cuáles son las
funciones y objetivos de un servicio
farmacéutico? ¿Cuáles son los
procesos generales y los especiales
que se dan en un servicio
farmacéutico?