El derecho civil es la rama del derecho privado que contempla temas relativos a las personas, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos. Las controversias que se susciten en relación con estos temas serán del conocimiento de los tribunales judiciales competentes en materia civil.
Hechos y actos jurídicos que crean, transfieren, modifican
o extinguen facultades y deberes jurídicos, cuyo
contenido sea una prestación de dar, hacer o no hacer.
Modalidad de las obligaciones
Autolimitaciones a la voluntad de las partes, que los contratantes sujetan
a la iniciación o terminación de los efectos propios del acto que celebran
u otorgan. El legislador regula la condición, el término y el modo o carga.
Transmisión de las obligaciones
Fenómeno jurídico que se presenta cuando tiene lugar
una sustitución en la persona del acreedor o del deudor,
siempre que la causa de ese fenómeno se relacione con
la persona del sujeto que ha quedado sustituido.
Efectos de la obligación
Ejecución de la prestación, extinción
de la obligación, satisfacción del
acreedor y liberación del deudor.
Extinción de las obligaciones
Las extinción ocurre por el pago o cumplimiento, por la pérdida de la
cosa debida, por la condonación de la deuda, por la confusión de
derechos de acreedor y deudor, por la compensación y por la novación.